Ordinaria 90 · 2026-01-15

Sesión Ordinaria Nº 90 del 15-01-2026.pdf · 69 páginas · PDF original · ver en Google Drive

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                                MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA
                               Sesión Ordinaria Nº 90 del 15/01/2026
 1                         ACTA SESIÓN ORDINARIA #90-2026
 2   Celebrada por el Honorable Concejo Municipal de Talamanca en la Sala de
 3   Sesiones de la Municipalidad de Talamanca, al ser las diecisiete horas con tres
 4   minutos del jueves quince de enero del año dos mil veintiséis, con la siguiente
 5   asistencia y orden del día. ------------------------------------------------------------------------
 6   REGIDORES PROPIETARIOS
 7   Dr. Julio Molina Masis Presidente Municipal -------------------------------------------------
 8   Sra. Maritza Medrano Gómez Vicepresidenta Municipal ----------------------------------
 9   Licda. Yahaira Mora Blanco ----------------------------------------------------------------------
10   Sr. Freddy Soto Álvarez ---------------------------------------------------------------------------
11   Sr. Newton Grant Arana ---------------------------------------------------------------------------
12   REGIDORES SUPLENTES
13   Sr. Donald Williams Shirley -----------------------------------------------------------------------
14   Sra. Mariana Agripina Porras Hernández -----------------------------------------------------
15   Sra. Enid Villanueva Vargas ----------------------------------------------------------------------
16   Lic. Denis Villalobos Arce -------------------------------------------------------------------------
17   Sr. Javier Rodríguez Romero --------------------------------------------------------------------
18   ALCALDE MUNICIPAL
19   Lic. Rugeli Morales Rodríguez -------------------------------------------------------------------
20   SÍNDICOS PROPIETARIOS
21   Licda. Maribel Pita Rodríguez --------------------------------------------------------------------
22   Sr. Manuel Zúñiga Agüero ------------------------------------------------------------------------
23   Sra. Marlyn Lidieth Ríos Díaz --------------------------------------------------------------------
24   SINDICOS SUPLENTES
25   Sr. Rafael Gutiérrez Alfaro ------------------------------------------------------------------------
26   Sra. Yendry Naranjo Rodríguez -----------------------------------------------------------------
27   Sr. Horacio López Gabb ---------------------------------------------------------------------------
28   Presente también: Lic. Helmer Zumbado – Asesor Legal. Sr. Felipe Mora
29   Miranda. Sra. Jeanzu Dayana Rojas Aguirre y Sr. Diego Porras, padres de Lahiam
30   Enrique Porras.


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 1     Ausentes: El síndico Sr. Gerardo Torres Torres.                    La síndica Ginia Graham
 2     Córdoba está en comisión.
 3     Nota: La síndica Yendry Naranjo Rodríguez funge como propietaria en ausencia
 4     del señor Gerardo Torres Torres.
 5     Presidente Municipal: Julio Molina Masis
 6     Secretaria de actas: Yorleni Obando Guevara
 7     ARTÍCULO I: Comprobación del quórum
 8     Una vez habiendo comprobado el quórum el señor presidente municipal Julio
 9     Molina Masis, inicia la sesión, buenas tardes tengan todos los que estamos aquí
10     reunidos, el saludo cordial para el señor alcalde Lic. Rugeli Morales, de igual forma
11     para síndicos propietarios y suplentes, regidores propietarios y suplentes, para
12     nuestro asesor legal don Helmer Zumbado, para doña Yorleni Obando nuestra
13     secretaria, para la gente que nos visita, don Felipe y compañía, y el abrazo
14     fraternal de siempre para la gente que nos sigue por las redes sociales de
15     YouTube. Bienvenidos a la sesión ordinaria número 90 del 15 de enero del 2026.
16     ARTÍCULO II: Lectura y aprobación del orden del día
17     El señor presidente Municipal, Julio Molina Masis, solicita la lectura del orden del
18     día establecido.
19  ORDEN DEL DÍA:
20    I.Comprobación del quórum---------------------------------------------------------------------
21   II.Lectura y aprobación del orden del día-----------------------------------------------------
22 III.Oración----------------------------------------------------------------------------------------------
23 IV. Atención al señor Felipe Mora Miranda para presentar información --------------
24   V.Revisión y aprobación de acta anterior ordinaria 89 -----------------------------------
25 VI.Lectura de correspondencia recibida -------------------------------------------------------
26 VII.Informes y sugerencias de alcaldía municipal -------------------------------------------
27 VIII.Informe de comisiones -------------------------------------------------------------------------
28 IX.Presentación y discusión de mociones ----------------------------------------------------
29   X. Asuntos Varios -----------------------------------------------------------------------------------
30 XI.Clausura -------------------------------------------------------------------------------------------


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 1   Sometido a votación es aprobado por el Concejo Municipal, mediante votación
 2   verbal por unanimidad.
 3   ARTÍCULO III: Oración
 4   El señor Julio Molina Masis, presidente municipal, solicita al regidor Freddy Soto
 5   dirigir la oración. -------------------------------------------------------------------------------------
 6   El regidor Freddy Soto dirige la oración. ------------------------------------------------------
 7   ARTÍCULO IV. Atención al señor Felipe Mora Miranda para
 8   presentar información
 9   El señor Julio Molina Masis, presidente municipal, seguidamente, como punto
10   número cuatro tenemos la atención al señor Felipe Mora Miranda para presentar
11   información, tiene 10 minutos don Felipe para presentar la información.
12   El señor Felipe Mora Miranda, muchas gracias señor presidente, muchas gracias
13   por darnos el espacio, buenas tardes a los señores regidores, señor alcalde
14   municipal, síndicos propietarios y suplentes, y al público que nos sigue a través
15   de las redes sociales de la municipalidad de Talamanca, muchas gracias, hoy
16   venimos acá con la intención de hacer del conocimiento tanto al concejo municipal
17   y sus demás funcionarios, e igual al pueblo de Talamanca, que estamos haciendo
18   una campaña de recolección de fondos para este bebé que ustedes observan acá.
19   Este bebé tiene un año y cuatro meses, ahora la madre les va a especificar más
20   las razones por las cuales estamos acá. Este niño tiene una enfermedad que tiene
21   que ser tratado en Barcelona, España, tiene que ser operado, aquí en el país no
22   se puede hacer, y por lo tanto se ha levantado una campaña para recaudar fondos
23   en bienestar de este niño, se deben de recaudar 40 millones de colones, pero yo
24   sé que para Dios no hay nada imposible, ya hemos tocado varias puertas, yo sé
25   que también ahora a través de esta sesión, muchas personas se van a motivar
26   después de escuchar a la madre, de hecho ahorita venimos de una entrevista ahí
27   en Cahuita con JM, donde ya empezó la gente a comprometerse para recaudar
28   fondos, yo le presenté la idea a la señora vicealcaldesa Denia y al señor alcalde
29   municipal, ya estuvimos presentes, ya estuvimos reunidos con él para que
30   conociera el caso y le solicitamos a ustedes como concejo municipal el espacio, y


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 1   quiero agradecerles de todo corazón, señor presidente Julio y los demás regidores
 2   por habernos dado este espacio, yo quiero aprovechar al máximo este tiempo y
 3   quiero darle la palabra al padre del niño, el señor Diego Porras.
 4   El señor Diego Porras, muy buenas tardes, a Dios gracias por la oportunidad de
 5   tenernos en este lugar, señor alcalde, secretarios, regidores, los que nos siguen
 6   por las redes, muchas gracias a todos, nosotros somos los padres de este
 7   hermoso bebé, él tiene una válvula del corazón por el cual necesita una operación
 8   que en el país no la pueden hacer, ya cardiología del hospital de niños nos dijeron
 9   no podemos hacer nada más que solamente llevar un control, por lo cual nos
10   refirieron a España, pero la operación allá cuesta 40 millones de colones y
11   estamos acá para pedir su apoyo, su granito de arena, yo creo que juntos todo es
12   posible y cuando a nosotros nos dieron la información de los 40 millones de
13   colones, decimos ¿de dónde?, ¿cómo?, ¿qué hacemos? Y por eso estamos en
14   campañas para poder lograr esa meta y por qué no pasarla, para otros niños que
15   igual lo están necesitando y familias también. De mi parte, les agradezco. Igual
16   cualquier información, está un número que hemos tenido que es el 71473553, lo
17   atiende mi esposa Jeanzu Dayana Rojas Aguirre, funciona como SINPE también,
18   y si ustedes gustan alguna información, como alguna carta, como algo así, la
19   proforma que nos enviaron de España, con mucho gusto se las podemos hacer
20   llegar. También está otro número, cualquiera de los dos, que es 88576914. El
21   primero se los dimos por si gustan alguna información, tenemos WhatsApp en
22   ese. En este es para llamada normal o SINPES también. Cualquiera de los dos le
23   sirve para SINPE. De mi parte sería todo, muchas gracias.
24   La señora Jeanzu Dayana Rojas Aguirre, buenas tardes, que el señor les bendiga
25   a todos, gracias por la oportunidad de recibirnos acá, yo se los agradezco, bueno,
26   como bien se dijo, mi niño tiene un problema en su corazoncito, aquí en Costa
27   Rica no pueden hacer nada por él, lo único que le hicieron fue un cateterismo,
28   pero no funcionó, lo tenemos que llevar a España, la operación costaba 150
29   millones, pero por la urgencia la doctora nos hizo un descuento y nos dejó la
30   operación en 40 millones, estamos ahorrando más de la mitad, es una bendición,


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 1   Dios por todas partes nos ha ayudado, él tiene un problemita en la válvula, que él
 2   no le entra ni le sale suficiente sangre para su cuerpo ni para su corazón, es de
 3   urgencia, es grave, él no tiene un tiempo establecido de vida, es cuando el
 4   corazoncito de él ya no soporte, hasta cuando Dios quiera también, por eso
 5   estamos acá con ustedes, cualquier granito de arena, como decía mi esposo, será
 6   de bendición para nosotros para lograr alcanzar esta meta. A nosotros nos
 7   respalda una fundación, nosotros tenemos una carta con la fundación, si ustedes
 8   gustan sentirse más confiados a la obra, también hay números de la fundación,
 9   ahorita no tienen a ningún otro niño en campaña, solo tienen al de nosotros,
10   entonces cualquier dinero que entre a la fundación es para el bebé. Si no lo
11   quieren hacer a los números que salen ahí, los que acabamos de dar, hay una
12   fundación también que nos respalda con números de cuenta, con información para
13   que ustedes se sientan más seguros, yo les agradezco, Dios me los bendiga.
14   El señor Felipe Mora Miranda, don Julio, y señores regidores y síndicos y público
15   que nos mira por estas redes sociales, la campaña está avanzando con buenos
16   frutos gracias a Dios, ya hay un estimado ahí de 12 millones de colones que se
17   han recaudado, más otros cortes que se deben de enviar, todavía nos falta, sí,
18   nos falta todavía, pero creemos realmente en que vamos a superar esta meta,
19   porque nos hemos dedicado a eso y hemos tocado los corazones de muchas
20   organizaciones. Quiero decirles también que la organización religiosa a la cual
21   nosotros pertenecemos a nivel nacional, la Iglesia de Dios Evangelio Completo, a
22   nivel nacional ya está haciendo una campaña también con este fin. Algunas
23   iglesias de nuestro distrito de Sixaola ya han aportado, ya tenemos los sinpe, y el
24   supervisor nacional mandó esa información también a Centroamérica, entonces
25   creemos y confiamos en Dios, por eso estamos aquí en este lugar aprovechando
26   la oportunidad, el espacio que nos dieron, yo le agradezco de todo corazón y
27   nuestras oraciones siempre es para que Dios ilumine a cada uno de ustedes, no
28   importa la función que tengan como regidores, como síndicos, suplentes,
29   propietarios, concejales, señor alcalde, la vicealcaldesa, para que el trabajo que
30   ustedes realizan, que lo vienen haciendo en excelencia, Dios lo premie con darles


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 1   a ustedes muchas bendiciones. Yo siempre he dicho, hoy nos toca a nosotros vivir
 2   esta experiencia con esta familia, yo he adoptado este caso, porque bueno ella es
 3   hija de nuestra pastora, nietos de los pastores del Suiche de Paraíso, y entonces
 4   nos hemos echado al hombro esto y sabemos que Dios nos va a recompensar,
 5   sobre todo cuando tocamos puertas como las de ustedes. Queremos agradecerles
 6   de todo corazón, Julio, queremos agradecerle, señores regidores, señor alcalde,
 7   don Rugeli Morales, muchas gracias, que Dios ilumine siempre tu vida para seguir
 8   adelante trabajando en bienestar de este cantón y a todos ustedes como regidores
 9   también han venido haciendo un trabajo excelente, gracias de todo corazón,
10   estamos dispuestos para cualquier actividad que ustedes quisieran hacer para
11   recaudar fondos, con Denia estuvimos hablando de eso, estamos dispuestos a
12   estar ahí presentes. Quiero decirles que, lo que no le han dicho ellos los padres,
13   que esto no es para el otro año, esto es urgente, ellos tienen que viajar la primera
14   semana de febrero a España, esa fue la cita que les dieron, que le abrieron el
15   espacio para la operación, eso significa que los fondos los vamos a tener antes
16   de la primera semana de febrero. Usted dirá, ¿cómo? Bueno, no hay nada
17   imposible para Dios, muchas gracias, Julio, muchas gracias, señores regidores,
18   muchas gracias a todos ustedes, que Dios les bendiga grande y poderosamente.
19   El Dr. Julio Molina, presidente, las gracias más bien a ustedes, yo creo que aquí
20   todos somos papá, todos tienen un hijo y el llamado lo hacemos desde acá al
21   pueblo de Talamanca para que se unan a esta noble causa, que se unan por la
22   operación del niño Lahiam, y que juntos logremos sacar lo que los padres
23   necesitan para esa operación. Dios los bendiga de verdad, de todo corazón y
24   esperamos que también aquí dentro de la municipalidad hagamos una buchaquita
25   y podamos contribuir con ustedes para el bienestar del bebé.
26   ARTÍCULO V. Revisión y aprobación de acta anterior ordinaria 89
27   El Dr. Julio Molina, presidente Municipal, seguidamente tenemos revisión y
28   aprobación de acta anterior ordinaria 89. Sometemos a votación el acta ordinaria
29   89, la cual queda aprobada por unanimidad.
30   ARTÍCULO VI. Lectura de correspondencia recibida

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 1   VI-1 Se recibe nota de la Asociación de Desarrollo Integral Territorio Indígena
 2   Keköldi donde están solicitando un espacio en la sesión municipal para presentar
 3   varios aspectos sobre el territorio indígena, ya que hay situaciones y acciones que
 4   se deben coordinar entre la ADI y la municipalidad. Dejamos que nos envíen la
 5   fecha y hora en que nos darán el respectivo espacio y poder abordar los aspectos
 6   que deseamos tratar con ustedes y su sesión. Firma doña Rubilia Stuart,
 7   presidenta, y Edward Stwart, secretario.
 8   El Dr. Julio Molina, presidente, se acusa de recibido y tomamos el acuerdo para
 9   recibir a la asociación, fijemos la fecha, puede ser para el viernes 13 de febrero,
10   sometámoslo a votación compañeros, a las 4 y 30. Enviarles nota para ver cuáles
11   son los temas que vamos a tratar eso es importante.
12   El Lic. Helmer Zumbado indica que no le demos la fecha todavía, cuando manden
13   la nota de cuáles son los temas, se les dice la fecha, lo podemos ver la otra
14   semana.
15   El Dr. Julio Molina, presidente, está sujeto a qué nos digan cuales son los temas,
16   la fecha quedó stand-by, que den los temas primero, para darle la fecha.
17   VI-2 Se recibe nota de personas residentes de calle Old Yard de Cahuita, Willemijn
18   Beekmans y Jos Berden, remitida al señor alcalde, con copia al señor presidente
19   municipal, manifestación de oposición y aclaración de representación respecto a
20   la inclusión de calle Old Yard en la solicitud que han enviado de la Defensoría de
21   los Habitantes, manifestamos formalmente nuestra oposición a las intervenciones
22   viales y medidas de alumbrado público propuesta para dicha calle, según la
23   referencia de oficio N°00093-2026-DHR-(GA). La presente manifestación se
24   presenta con el fin de aclarar la falta de representación que sustenta la solicitud
25   original, así como exponer razones de fondo por las cuales dichas intervenciones
26   no son deseadas ni apropiadas para la calle Old Yard.
27   Por las razones expuestas, solicitamos respetuosamente que:
28   • Calle Old Yard sea excluida de cualquier intervención vial o de alumbrado
29   derivada de la solicitud referenciada.



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 1   • No se adopten decisiones futuras que afecten a Calle Old Yard sin consulta
 2   previa a todas las personas residentes.
 3   • La presente manifestación sea formalmente incorporada al expediente
 4   administrativo del trámite asociado al OFICIO N.o 00093-2026-DHR-[GA].
 5   Esta manifestación se presenta de buena fe, con el objetivo de garantizar claridad,
 6   transparencia y una toma de decisiones responsable.
 7   Se acusa de recibido y se pasa a la administración para dar respuesta.
 8   VI-3 Se recibe oficio AL-CPETUR-1116-2026 del área de comisiones legislativas
 9   de la asamblea legislativa, invitación para el señor alcalde y presidente del concejo
10   municipal a la audiencia del expediente de investigación 24.977 sobre los planes
11   reguladores costeros. Esto es para el martes 20 de enero del año en curso, a las
12   seis de la tarde, en la Sala Plena II, nivel -1.
13   Se acusa de recibido y se acuerda de apoyar cualquier gestión que debe realizar
14   el señor alcalde.
15   VI-4 Se recibe expediente de solicitud de licencia de licor, tipo C, solicitante es la
16   sociedad 3-102-941706 SRL, para el restaurante bar Mau´s Kape We en Cahuita.
17   Se pasa a la comisión de asuntos jurídicos.
18   VI-5 Se recibe nota dirigida a la administración con copia al concejo, por tanto,
19   atendiendo la solicitud de los vecinos de Puerto Viejo a Manzanillo, mociono
20   solicitar a la administración municipal a lo siguiente. La comisión de Puerto Viejo
21   Limpio y la Asociación de Surfeadores, solicitan:
22        1- Gestionar colocación de basureros, contenedores o cajones grandes entre
23           Puerto Viejo a Manzanillo para depósito de los residuos de parte de las
24           personas que nos visitan, con el fin de que no estén tirados por todos lados.
25   2-      Hacer cumplir normativa para que las personas únicamente acampen en
26           zonas destinadas para ello y que cuenten con servicios como agua y
27           sanitarios, o en camping organizados, para evitar la alteración del espacio
28           público y del medio ambiente, se hace necesaria la intervención del
29           Ministerio de Salud, ya que los visitantes han estado acampando en zonas



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 1           no aptas, lo cual genera mucha contaminación debido a que las personas
 2           hacen sus necesidades al aire libre.
 3   3-      Gestionar un proyecto de construcción de servicios sanitarios públicos en
 4           la zona marítima terrestre, ya que se carece de dichos servicios.
 5        4- Colocación de postes de cemento para impedir el paso de vehículos a los
 6           50 metros públicos en la zona marítima terrestre, ya que han estado
 7           ingresando, lo cual es prohibido por ley.
 8   Firman varios vecinos de Puerto Viejo y Manzanillo.
 9   Se acusa de recibido y se pasa a la Administración para que dé respuesta.
10   ARTÍCULO VII. Informes y sugerencias de alcaldía municipal
11   El Dr. Julio Molina, presidente, como punto número siete informes y sugerencias
12   de la alcaldía municipal, a cargo del licenciado Rugeli Morales.
13   El Lic. Rugeli Morales Rodríguez, Alcalde, señor presidente muchísimas gracias,
14   buenas tardes, para usted como siempre un saludo respetuoso, para los
15   compañeros regidores y regidoras, síndicos, síndicas, compañeros de la
16   Administración que estamos aquí en la función. Efectivamente voy a hacer el
17   informe número 3-2026 de esta sesión 90. Y voy a ir directamente a los trabajos
18   y a las acciones rápidamente para hacerles a ustedes un panorama y al pueblo
19   de qué estamos haciendo.
20   En primer lugar, como yo le manifesté ya a ustedes, ya la Administración definió
21   los retos, la semana pasada creo que di los retos que vamos a enfocar. Los retos
22   no es todo, es parte de lo que vamos a enfocar. De tal manera en estos momentos
23   todos los equipos técnicos están trabajando en la parte final ya del plan operativo
24   de este año 2026. Lo dejo claro para que el pueblo y usted señor Presidente y
25   compañeros, sepan que trabajamos bajo una línea de acción que va marcando la
26   ruta de proyección de desarrollo que la Municipalidad genera desde nuestra
27   Administración. Segundo lugar, que va en conjunto con esto, es que esto es de
28   transparencia y ya precisamente no es una decisión unilateral solo como alcalde,
29   como jerarca, sino que se conforma una Comisión Administrativa que me
30   acompaña en todo momento para darle el fortalecimiento a la gestión


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 1   administrativa operativa. Aquí hay una Comisión Interna Administrativa que me
 2   acompaña para atender toda la demanda municipal, de tal manera que no es una
 3   toma de decisiones unilateral de un alcalde, no, en mi caso es un trabajo
 4   coordinado con los equipos técnicos para buscar la mejor proyección alternativa
 5   en la toma de decisiones de esta Municipalidad.
 6   Rápidamente el tema de la consulta, el mecanismo de consulta no puede faltar
 7   acá en mi informe, quiero decirle que en estos momentos estamos haciendo la
 8   valoración presupuestaria, qué se va a ocupar para cerrar con este proceso, en
 9   eso estamos, ya está casi totalmente listo, en la próxima semana estaríamos
10   subiendo aquí al Concejo alguna modificación presupuestaria para atender esta
11   demanda que se requiere y además en toda la preparación técnica, logística, ya
12   el compañero nuevamente fue contratado para dar continuidad a este importante
13   tema del mecanismo de consulta.
14   Luego ya los equipos de personal paulatinamente se han ido integrando en el
15   trabajo de la cobertura total de la administración, la parte operativa de ambiente y
16   vial y en esto pues estamos ya avanzando, creo que ya la otra semana estaríamos
17   completando totalmente la operatividad.
18   Seguidamente, este es un tema muy importante que viene en el eje, el
19   ordenamiento territorial y aquí quiero traer a colación hoy un llamado para el
20   Concejo, para todos nosotros, para la parte legal, Talamanca sufre de mucha
21   debilidad en la seguridad jurídica territorial, estaba viendo esta carta que dice
22   coloque basurero, no, no, lo único que tenemos nosotros de playa son 12
23   kilómetros, lo demás está en una condición de protección. Como lo mencioné en
24   mi informe pasado, pues una raquítica área, tanto en la zona marítima como en la
25   territorial y ahora se viene presentando una problemática en Sixaola, yo les decía
26   a mis compañeros hoy, no podemos venir a una sesión sin que la prioridad de
27   atención de los distritos estemos ajenos a esto. Resulta que ahora lo que
28   conocemos, la historia de este cantón, sabemos que Sixaola se formó a base de
29   huelgas para tener los territorios y poder hacer sus asentamientos en aquellos
30   años contra la compañía, pues quiero contarles que hoy están apareciendo


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 1   dueños de esas tierras, ejemplo, en Margarita aparece un dueño con 223
 2   hectáreas de Margarita, donde incluye la escuela, la plaza y la comunidad entera,
 3   porque dentro de la comunidad incluye hasta el EBAIS y todo, es sorprendente
 4   esto que está pasando ahorita. Asimismo, en Paraíso, en la parte de afuera, existe
 5   también esta situación con alrededor de 40 familias. Aquí en Margarita no se ha
 6   determinado cuántas familias están implicadas, pero es la totalidad de ese pueblo.
 7   Esto es grave. Esto está pasando en estos momentos. Volvimos a los tiempos
 8   pasados, a los tiempos en que se peleaba por las tierras, como se peleó Bribrí,
 9   como creo que los hermanos indígenas pelearon sus territorios en aquellos años,
10   en los límites anteriores, y ahora está sucediendo nuevamente, precisamente en
11   la parte de Sixaola, y creo que esto no lo vamos a poder tomar de forma rápida
12   aquí, voy a sentarme con la parte legal y la parte técnica, porque los pasos de la
13   municipalidad, y esto lo lanzo de una vez, será en defensa de su pueblo, nunca
14   iremos contra el pueblo y el pueblo va a tener todo nuestro acompañamiento en
15   esta pelea, porque esto no es justo. Imagínense, 223 hectáreas en Margarita
16   ¿Cuándo ese señor que aparece dueño de estas 223 hectáreas ha pagado un 5
17   a esta municipalidad? Nunca. Entonces, ¿cómo es dueño de lo que nunca él
18   pagó? Embarguémoslo, yo no sé si es legal, aquí hay que estudiar bien estos
19   casos, pero lo que yo quiero es que no vamos a desamparar a estos pueblos en
20   esta situación que están viviendo. No podemos venir como en un túnel de nuestras
21   viviendas hasta la municipalidad sin darnos cuenta de la problemática del cantón,
22   y aquí yo creo que hay ese problema. Igual en Sixaola, ustedes conocen bien, se
23   lo dije, en Sixaola hay un área que está a nombre de la municipalidad de Limón,
24   eso tiene que acabar este año, no podemos seguir con eso, ningún cantón puede
25   tener territorio en otro cantón, eso no existe y recuerden el gran trabajo que se
26   hizo con la parte fronteriza, cuando se armó el problema aquí en Sixaola, iba a
27   haber macheteados, estaban desahuciando la gente de sus territorios, y entramos
28   nosotros y paralizamos eso hasta el día de hoy y más bien hay un programa que
29   está permitiendo hacer una evaluación territorial de toda la frontera y colocar los
30   hitos para que delimite la línea Target de Sixaola, sabemos que antes era el río y


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 1   en algunos lugares no es el río, pero esto lo trabajamos duro. Y ahora resulta que
 2   brotan estos problemas de tenencia de la tierra, arrendatarios que en sus años
 3   pasados estuvieron y que ya no existen porque algunos ya murieron, aparecen
 4   sus familiares hoy reclamando esta cantidad de territorio, bueno, vamos a estudiar
 5   cómo está esta cosa, pero lo traigo aquí a ustedes porque es un tema que va a
 6   tener que atender también el Concejo Municipal, no solamente la alcaldía.
 7   Finalmente, dos cosas, el tema ambiental, lo cuento porque a veces no lo dicen,
 8   decirles que ya estamos en la recolección de todos los residuos valorizables, ya
 9   estamos en ese proceso. Ya estamos en los residuos ordinarios, ya tenemos el
10   programa de lunes a martes, lunes Manzanillo, martes Rocking’JS, miércoles
11   desde Flor de China hasta Cataratas, jueves Cahuita, la Unión, viernes Sixaola y
12   Bribrí, y sábado siempre vamos a reforzar otra vez desde Manzanillo hasta Hone
13   Creek, dos camiones, hemos hecho un gran esfuerzo de que nunca este cantón
14   esté con basura, al menos que tengamos problemas serios, por eso les decía a
15   ustedes en los retos de la semana pasada, si lo vieron, lo atendieron y no se les
16   olvidó, que uno de los retos es que necesitamos comprar más camiones porque
17   es tanta la demanda, yo recuerdo que yo di la cantidad de tonelaje por mes, 658
18   toneladas por mes que hay que trasladar hacia EBI y pagar caro, porque allá se
19   paga caro. Muy bien, para dejar eso claro, señor presidente.
20   En la parte final, con vial, hemos estado haciendo con algún equipo que está
21   disponible algunos trabajos menores como mantenimiento de canales, estos en
22   Ballaspit, precisamente porque es un foco de contaminación de salud y también
23   de afectación de esos canales que estamos dejando de alguna manera a punto
24   para que la comunidad pueda tener ya tranquilidad ante los problemas que han
25   venido teniendo con esta situación de los canales.
26   Quiero decir que ya el programa de asfalto TSB3 está proyectado para iniciar el
27   26 de enero y entraríamos con los cuadrantes de Cahuita Centro, Barrio La Unión,
28   Cahuita y Playa Chiquita, alrededor de 2.5 kilómetros vamos con el programa este
29   que el año pasado quedó pendiente y hoy arrancamos de una vez con el área de
30   Cahuita. Y el mercado que ya tiene un avance del 90%, ya en la parte final,


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 1   precisamente le comentaba al licenciado que no quisiera terminar la
 2   infraestructura y la logística está pendiente, por eso es necesario la normativa, la
 3   reglamentación y todo eso, porque esto no puede arrancar si no se unifican los
 4   detalles de la normativa y reglamento que corresponde para la funcionabilidad del
 5   mercado. Eso sería como terminar el CAIS y no hay médicos para poder hacer la
 6   atención, entonces aquí les señalo esto.
 7   Y con respecto a Puerto Viejo y Suretka, que son 3.8 kilómetros, que es una
 8   inversión alrededor de 2.400 millones de colones, ya los equipos técnicos están
 9   trabajando para sacar a concurso en la última semana de este mes este gran
10   proyecto para Talamanca y sobre todo para el Caribe Sur, que tiene que ver con
11   eso. Una vez que ya el proyecto sea lanzado, me voy a permitir en alguna
12   extraordinaria explicárselos primeramente a ustedes, señores regidores y
13   regidoras, señor presidente, compañeros, y posteriormente a la comunidad, qué
14   es lo que se va a proyectar, qué es lo que se va a hacer, cómo se va a hacer,
15   absolutamente todo de una forma transparente de las acciones que se van a
16   realizar.
17   Finalmente estamos ya a un 50% de este paso de Sibujú a San Miguel, los que
18   conocen saben que esa era una quebrada que no tenía paso, hoy tenemos un
19   paso ya técnicamente realizado y están ya cerrando con lo que son los cabezales
20   de ese paso de alcantarilla, lo que permitirá que la gente nunca más o al menos
21   sea una solución de paso en que no les afecte que el río no los deje pasar o la
22   quebrada no las deja pasar.
23   Y toda la maquinaria amarilla está en mantenimiento, estamos en este periodo de
24   mantenimiento, vagonetas, equipo amarillo, están en una serie de acciones que
25   permitan que ya a partir del mes de febrero, que es la planificación, a mediados
26   de febrero podamos ya empezar todos los trabajos viales que hay que hacer en
27   los cuatro distritos y que ya están debidamente planificados.
28   Finalmente me gustaría nada más acotar algo hoy, pues sí, esta familia también
29   a mí me visitó en mi oficina para el problema del niño, creo que ya había generado
30   alguna información internamente, pero lo dejo claro para el pueblo y para usted


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 1   señor presidente, la administración el 22 de enero a partir de las 9 a las 2 de la
 2   tarde vamos a generar una campaña para recaudar fondos y entregárselos a esta
 3   familia que está haciendo esto. Hay una campaña que vamos a acompañar a las
 4   personas que lo van a hacer, a ellos mismos vamos a invitarlos que estén acá,
 5   para que todos aquellos que van a depositar su granito de arena, pues lo hagan
 6   en la campaña para que llevemos ahí un grano bien grande para apoyar la
 7   problemática de este niño. Entonces eso era, presidente, rápidamente,
 8   muchísimas gracias, buenas tardes.
 9   El Dr. Julio Molina, presidente, muchísimas gracias por ese informe don Rugeli,
10   como siempre muy amplio y muy bien elaborado.
11   ARTÍCULO VIII. Informe de comisiones
12   El Dr. Julio Molina Masis, presidente, seguidamente el punto número 8, informe
13   de comisiones.
14   Se da lectura al acta de sesión ordinaria 15 de la Comisión Municipal de Asuntos
15   Jurídicos celebrada el 12 de enero del año dos mil veintiséis.
16   El señor presidente municipal somete a votación el informe de asuntos jurídicos,
17   queda aprobado por unanimidad.
18   ACUERDO 1: El Concejo Municipal de Talamanca acuerda aprobar el acta de
19   sesión ordinaria 15 de la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos celebrada el
20   12 de enero del año dos mil veintiséis, en la oficina del Departamento Legal de la
21   Municipalidad de Talamanca, con la siguiente asistencia y orden del día.
22   Comprobación de asistencia:
23   En condición de regidores se encuentran presentes:
24   Sra. Maritza Medrano Gómez, Vicepresidenta municipal
25   Lic. Denis Villalobos Arce (Presidente de la comisión)
26   Lic. Helmer Zumbado Edwards (Asesor legal del concejo).
27   Sr. Julio Molina Masis, presidente del concejo municipal.
28   Sra. Yahaira Mora (invitada).
29   Sr. Freddy Soto (invitado).
30   Sr. Newton Grant (invitado).


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 1   Sra. Enid Villanueva Vargas (Invitada)
 2   ARTÍCULO I: Comprobación del quórum
 3   Comprobado el quórum el señor presidente de la comisión de jurídicos señor
 4   Denis Villalobos Arce, se inicia la sesión ordinaria número 15 de la comisión de
 5   jurídicos del 12 de enero de 2026 a las 4:30 p.m.
 6   ARTÍCULO II: Aprobación del orden del día
 7   El presidente de la comisión, solicita la lectura del orden del día establecido al
 8   asesor legal Lic. Helmer Zumbado Edwards y la misma se aprueba.
 9   ORDEN DEL DÍA:
10     1. Comprobación del quórum
11     2. Lectura y aprobación del orden del día.
12     3. Lectura de correspondencia, normativas y resoluciones:
13      a. Se recibe por parte de la administración el Reglamento Transitorio de
14         otorgamiento de permisos de uso de suelo en precario. Luego de la revisión
15         de la propuesta se acuerda:
16         Luego de revisado el mismo se aprueba y se pasa al concejo para
17         ratificación y publicación.
18      b. Se recibe por parte de la administración, asunto: “Reglamento de
19         funcionamiento y operativo del centro de servicios múltiples y mercado de
20         Sixaola”
21         Luego de la revisión de la propuesta se acuerda:
22         Luego de revisado el reglamento se aprueba y se pasa al concejo para
23         ratificación y publicación.
24      c. Comunicado formal del concejo tribal de puerto viejo, asunto:
25         “conformación del concejo”, se acuerda:
26         Dar por recibido el informe.
27     CONSULTAS LEGISLATIVAS se revisaron los expedientes, 24300 se acordó
28        no apoyar por no ser vinculantes con la gestión municipal.
29   Permisos de licores: Se aprueban
30      1. Licencia de Licor Meylin Gil Alí


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 1      2. Licencia de licor (cambio de licencia) Ingrid Caballero Silva.
 2   Se levanta la sesión a las 18:00 horas.
 3   SOMETIDA A VOTACIÓN LEVANTANDO LA MANO. ACUERDO APROBADO
 4   POR UNANIMIDAD POR LOS REGIDORES JULIO MOLINA MASIS, MARITZA
 5   MEDRANO GÓMEZ, YAHAIRA MORA BLANCO, FREDDY SOTO ÁLVAREZ Y
 6   NEWTON GRANT ARANA. ----------------------------------------------------------------------
 7   ARTÍCULO IX. Presentación y discusión de mociones
 8   El señor presidente municipal, Julio Molina, indica que tenemos tres mociones.
 9   IX-1 Moción presentada por el Dr. Julio Molina Masis, presidente municipal,
10   secundada por el regidor Freddy Soto Álvarez, ASUNTO: “MOCIÓN: Para
11   rectificación de error material del acuerdo 6 de la sesión ordinaria 63 del 10
12   de julio de 2025”.
13   El señor presidente municipal, Julio Molina, somete a votación la moción. Queda
14   aprobada por unanimidad y con dispensa de trámite de comisión.
15   ACUERDO 2: Moción presentada por el Dr. Julio Molina Masis, presidente
16   municipal, secundada por el regidor Freddy Soto Álvarez, que dice:
17   ASUNTO: “MOCIÓN: Para rectificación de error material del acuerdo 6 de la
18   sesión ordinaria 63 del 10 de julio de 2025”.
19   CONSIDERANDO:
20      1. Que, mediante acuerdo 6 de la sesión ordinaria 63 del 10 de julio de 2025,
21          la Municipalidad de Talamanca otorgo permiso de uso de suelo en
22          precario a la sociedad de responsabilidad limitada CARIBBEAN
23          EXPERIENCES SRL.
24      2. Que, por error material se consignó en el acta el número de personaría
25          jurídica 3102798748, cuando en realidad el número es 3102789748.
26      3. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 inciso d) y 17 inciso j) del
27          Código Municipal, corresponde al Concejo Municipal autorizar, revisar y, en
28          su caso, revocar convenios o contratos cuando no se cumplan sus objetivos
29          o se afecte el interés público.



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 1      4. Que, en atención al principio de transparencia en la función pública lo
 2          correcto es corregir el error material.
 3   Por tanto, el Concejo Municipal de Talamanca, en uso de sus facultades
 4   legales,
 5   ACUERDA:
 6          1. Corregir el error material consignado en el acuerdo de la sesión
 7              ordinaria 63 del 10 de julio de 2025, mediante el cual se otorgó el
 8              cambio de permiso de uso de suelo en precario.
 9          2. Instruir a la secretaria del Concejo Municipal para que proceda con
10              la notificación formal de este acuerdo al interesado y al departamento
11              tributario.
12   SOMETIDA A VOTACIÓN LEVANTANDO LA MANO. SE APRUEBA LA
13   DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
14   APROBADO POR UNANIMIDAD POR LOS REGIDORES JULIO MOLINA
15   MASIS, MARITZA MEDRANO GÓMEZ, YAHAIRA MORA BLANCO, FREDDY
16   SOTO ÁLVAREZ Y NEWTON GRANT ARANA. ------------------------------------------
17   IX-2 Moción presentada por el Dr. Julio Molina Masis, presidente municipal,
18   secundada por el regidor Freddy Soto Álvarez, ASUNTO: “FIRMAR CONVENIO
19   DE COOPERACIÓN PARA CREACIÓN DE CENTRO DE RESTAURACIÓN”.
20   El Dr. Julio Molina Masis, presidente municipal, somete a votación esta moción
21   que es muy importante, del centro de restauración. Queda aprobada por
22   unanimidad y con dispensa de trámite de comisión.
23   ACUERDO 3: Moción presentada por el Dr. Julio Molina Masis, presidente
24   municipal, secundada por el regidor Freddy Soto Álvarez, que dice:
25   ASUNTO: “FIRMAR CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA CREACIÓN DE
26   CENTRO DE RESTAURACIÓN”.
27   CONSIDERANDO:
28      -   Que de conformidad con la normativa establecida en el código municipal
29          en su artículo 13 inciso E, serán facultades del concejo “Celebrar
30          convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de la


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 1            municipalidad, excepto los gastos fijos y la adquisición de bienes y servicios
 2            que estén bajo la competencia del alcalde municipal, según el reglamento
 3            que se emita, el cual deberá cumplir con los requisitos de la Ley de
 4            contratación administrativa”.
 5        -   Que en cumplimiento de las potestades del concejo esta velar por el
 6            desarrollo integral de las personas y el desarrollo social de los miembros
 7            del cantón y que en el caso que nos ocupa el desarrollo de las personas
 8            jóvenes es una obligación al amparo del ámbito de su desarrollo personal
 9            y social.
10        -   Que    el   convenio    DE      COOPERACION       no    compromete      a   la
11            municipalidad, a llevar a cabo egresos especiales o conformación de
12            presupuestos que comprometan el patrimonio municipal.
13   Por lo anterior se presenta la siguiente moción para su aprobación:
14   Moción: Que de conformidad de las potestades otorgadas por la normativa
15   municipal y en aras de cumplir con las obligaciones que tiene el concejo con
16   respecto a los habitantes del cantón, se autorice al alcalde para suscribir convenio
17   DE       COOPERACION         PARA        LA   CREACIÓN          DEL   CENTRO         DE
18   RESTAURACIÓN. SOMETIDA A VOTACIÓN LEVANTANDO LA MANO. SE
19   APRUEBA LA DISPENSA DE                    TRÁMITE     DE    COMISIÓN. ACUERDO
20   DEFINITIVAMENTE APROBADO POR UNANIMIDAD POR LOS REGIDORES
21   JULIO MOLINA MASIS, MARITZA MEDRANO GÓMEZ, YAHAIRA MORA
22   BLANCO, FREDDY SOTO ÁLVAREZ Y NEWTON GRANT ARANA. ---------------
23   IX-3 Moción presentada por el Dr. Julio Molina Masis, presidente municipal,
24   secundada por el regidor Freddy Soto Álvarez, ASUNTO: “Aprobación de
25   reglamento transitorio para el otorgamiento y revalidación de permisos de uso de
26   suelo en precario en ZMT”.
27   El Dr. Julio Molina Masis, presidente municipal, de igual forma esta moción es muy
28   importante, tomar ese acuerdo para los permisos de uso de suelo. Sometida a
29   votación es aprobada por unanimidad y con dispensa de trámite de comisión.



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 1   ACUERDO 4: Moción presentada por el Dr. Julio Molina Masis, presidente
 2   municipal, secundada por el regidor Freddy Soto Álvarez, que dice:
 3   ASUNTO: “Aprobación de reglamento transitorio para el otorgamiento y
 4   revalidación de permisos de uso de suelo en precario en ZMT”.
 5   CONSIDERANDOS:
 6      -   Que de conformidad con la normativa establecida en el código municipal
 7          en su artículo 13 incisos c y p, mismo que refiere a las atribuciones del
 8          concejo.
 9      -   Que la Ley 6043 confiere la potestad administrativa a la municipalidad para
10          la administración de la ZMT.
11      -   Que por sentencias dictadas por la Sala Constitucional el Plan Regulador
12          Costero de Cahuita se encuentra paralizado.
13      -   Que el único responsable de otorgar permisos de uso de suelo en precario
14          es el concejo municipal.
15      -   Que la última publicación de normativa en cuanto a la regulación del
16          otorgamiento de usos de suelo en precario tiene más de cinco años.
17   Por lo anterior se presenta la siguiente moción para su aprobación:
18   Moción: Que conforme lo establece la normativa municipal vigente el concejo
19   municipal en la presente sesión ordinaria se tome el acuerdo de aprobar el
20   reglamento transitorio para el otorgamiento de permisos de uso de suelo en
21   precario en ZMT, mismo que fue conocido y avalado en la sesión de la comisión
22   de jurídicos del día 12 de enero de 2026. SOMETIDA A VOTACIÓN
23   LEVANTANDO LA MANO. SE APRUEBA LA DISPENSA DE TRÁMITE DE
24   COMISIÓN. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO POR UNANIMIDAD
25   POR LOS REGIDORES JULIO MOLINA MASIS, MARITZA MEDRANO GÓMEZ,
26   YAHAIRA MORA BLANCO, FREDDY SOTO ÁLVAREZ Y NEWTON GRANT
27   ARANA.
28    REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO, REGULACIÓN DE PERMISOS
29     DE USO Y PAGO DE CANON EN LA ZONA MARÍTIMO TERRESTRE DEL
30                             CANTÓN DE TALAMANCA


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 1   CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
 2   Artículo 1. Objeto del Reglamento. El presente reglamento tiene por objeto
 3   regular el otorgamiento de permisos de uso en precario y temporales, así como el
 4   pago de derecho de ocupación dentro de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) del
 5   cantón de Talamanca, en concordancia con la Ley N. 6043, sus reformas,
 6   reglamentos conexos, jurisprudencia vinculante, tratados internacionales sobre
 7   derechos humanos y el Convenio N. 169 de la OIT.
 8   Artículo 2. Ámbito de Aplicación. Este reglamento se aplica a toda persona
 9   física o jurídica que solicite permisos de uso en la ZMT dentro del cantón de
10   Talamanca, incluyendo tanto zonas urbanas como rurales, y respetando los
11   derechos colectivos de los pueblos indígenas establecidos por la normativa
12   nacional e internacional.
13   Esto bajo la regulación que establece la normativa de la Ley General de la
14   Administración Pública, Código Municipal estos en condición supletoria a la Ley
15   6043 y su reglamento.
16   Artículo 3. Principios Rectores. Son principios rectores de este reglamento: la
17   sostenibilidad ambiental, seguridad jurídica, transparencia administrativa, equidad
18   social, autonomía municipal, respeto a los derechos de los pueblos indígenas y
19   participación ciudadana.
20          CAPÍTULO II DEL RÉGIMEN LEGAL Y FUNCIONAL DE LA ZMT
21   Artículo 4. Definición de la ZMT. Se reconoce la ZMT como una franja de
22   doscientos metros de ancho a partir de la línea de pleamar ordinaria, subdividida
23   en: Zona Pública (primeros 50 metros) y Zona Restringida (150 metros siguientes),
24   conforme a la Ley 6043.
25   Artículo 5. Competencia Municipal. La Municipalidad de Talamanca es
26   competente para administrar, vigilar, otorgar permisos y cobrar los respectivos
27   derechos de ocupación dentro de la ZMT, conforme a la ley, bajo un enfoque de
28   desarrollo sostenible y de respeto a los derechos de las comunidades locales.
29   CAPÍTULO III CONDICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS DE
30                                          USO


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 1   Artículo 6. Requisitos Generales. Para obtener un permiso de uso se deberá
 2   presentar: a) Solicitud escrita indicando uso actual o propuesto del predio. b)
 3   Documentos de identidad o personería jurídica. c) Plano agrimensura. d)
 4   Declaración jurada del permiso. e) Certificación de estar al día con la CCSS. f)
 5   Documento de inexistencia de otro permisionario con mejor derecho. g)
 6   Declaración jurada que de conocimiento de que el inmueble podría estar sujeto a
 7   procesos de consulta indígena conforme al Convenio 169.
 8   Artículo 7. Restricciones. No se otorgarán permisos: a) A extranjeros con menos
 9   de 5 años de residencia continua en el país. b) A sociedades con acciones al
10   portador o radicadas en el extranjero. c) A quienes incumplan alguno de los
11   requisitos. d) Sobre terrenos en disputa o pertenecientes a territorios indígenas
12   reconocidos. Todo lo anterior conforme lo indica la Ley 6043 y su reglamento
13   Artículo 8. Revisión de Solicitudes. La Asesoría Legal del Concejo Municipal y
14   la comisión técnica de la oficina de ZMT (conformada por el encargado de la ZMT,
15   ingeniería, legal), revisarán en un plazo de 30 días hábiles las solicitudes, los
16   expedientes de solicitudes, mismos que serán recibidos en plataforma de la
17   sección tributaria. En caso de omisiones subsanables, se otorgará un plazo de 15
18   días para corregirlas. Transcurrido ese plazo sin respuesta, la solicitud se
19   archivará.
20   El permiso de uso de suelo en precario será emitido mediante acuerdo del concejo
21   municipal y en todo momento deberá tener claro el permisionario que esta
22   resolución no constituye un título traslativo de dominio y que el mismo no es
23   transferible, ni comercializable.
24   Artículo 9. Naturaleza Transitoria. Los permisos de uso tienen carácter temporal
25   y precario. Una vez aprobado el Plan Regulador Costero, se procederá a la
26   tramitación de concesiones formales conforme a la Ley 6043 y/o sus
27   modificaciones.
28                CAPÍTULO IV DE LOS CÁNONES Y SU VALORACIÓN
29   Artículo 10. Criterios de Valoración. El canon se determinará sobre la base de:
30   a) Valoración distrital del terreno mediante mapas oficiales, que posee la oficina


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 1   de catastro municipal. b) Plataforma tecnológica de Tributación Directa. c) Uso
 2   previsto del terreno. d) Impacto socioambiental del proyecto propuesto en caso de
 3   que se requiera deberá ser emitido por el SINAC-MINAE. e) plataforma de valores
 4   para zonas homogéneas del Ministerio de Hacienda.
 5   Artículo 11. Tarifas. a) Canon general: 0.25% del valor del terreno por metro
 6   cuadrado. b) Tarifas específicas:
 7   Artículo 12. Exoneraciones. Se podrá exonerar del pago del canon a: a) Familias
 8   en condición de vulnerabilidad económica. b) Ocupaciones destinadas
 9   exclusivamente a vivienda propia. c) Asociaciones de desarrollo indígena con
10   proyectos comunitarios sostenibles. Todo lo anterior previa revisión por parte del
11   concejo municipal.
12      CAPÍTULO V DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES
13   Artículo 13. Reconocimiento y Respeto. La Municipalidad de Talamanca
14   reconoce el derecho de los pueblos indígenas y tribales a participar en la toma de
15   decisiones sobre el uso y aprovechamiento de la ZMT en su territorio tradicional,
16   conforme al Convenio 169 de la OIT.
17   Artículo 14. Consulta Previa. Cualquier acto administrativo que afecte directa o
18   indirectamente a territorios indígenas debe ser objeto de consulta previa, libre e
19   informada con las respectivas asociaciones de desarrollo.
20   Artículo 15. Protección Especial. Se prohíbe el otorgamiento de permisos de
21   uso en zonas dentro de territorios indígenas sin la debida consulta y/o el
22   consentimiento de los habitantes del pueblo o sus representantes, bajo pena de
23   nulidad absoluta del acto administrativo. Todo acto que afecte o incida
24   directamente sobre territorio indígena o que cuente con anotación registral sobre
25   la propiedad deberá contar con el visto bueno de la asociación indígena respectiva
26   para su tramitación ante la municipalidad de Talamanca.
27                        CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES
28   Artículo 16. Publicación y Vigencia. Este reglamento entrará en vigor una vez
29   publicado en el Diario Oficial La Gaceta y se mantendrá hasta la entrada en vigor
30   del plan regulador costero. Los permisionarios actuales y anteriores a esta norma


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 1   tendrán conforme lo establecerá el plan regulador costero de Cahuita la
 2   posibilidad de solicitar la concesión en la zona marítimo terrestre de conformidad
 3   con lo que el mismo plan indique.
 4   El presente reglamento deroga cualquier disposición anterior que se le oponga.
 5   Artículo 17. Revisión Periódica. El Concejo Municipal realizará una revisión
 6   técnica y jurídica de este reglamento cada cinco años o cuando se produzcan
 7   reformas legales relevantes, como lo es la entrada o aplicación del plan regulador
 8   costero.
 9   Todo permisionario que luego de notificado sobre su deuda o incumplimiento de
10   requisitos de uso de suelo en precario tendrá un plazo perentorio de 30 días para
11   cancelar su morosidad; el incumplimiento de este plazo facultará al concejo
12   municipal para proceder a la revocatoria del permiso de uso de suelo en precario.
13   ARTÍCULO X. Asuntos varios
14   El Dr. Julio Molina Masis, presidente, cede la palabra a doña Maribel.
15   La Licda. Maribel Pita Rodríguez, síndica, buenas tardes señor presidente,
16   señores regidores, señor alcalde, licenciado y compañeros y compañeras, en
17   realidad, comparto la posición del señor alcalde y es preocupante, vi que lo
18   tomaron como muy pasivo lo de la tenencia de tierra en Sixaola, personas que
19   tienen años de vivir ahí, la escuela de Margarita y hoy se dan cuenta que no son
20   dueños de donde han vivido por años, esto es preocupante, si los dueños pudieran
21   sacarlos, ¿dónde se irá todo este montón de gente? Va a haber un caos en
22   Talamanca, siento que tenemos que ponernos ya a ver qué se hace para poder
23   ayudar a estas personas que en su tiempo tienen años de estar aquí en
24   Talamanca y especialmente en el distrito de Sixaola. También instar a todos que
25   el 22 de enero ayudemos a este niño, sabemos que como mamá uno no quiere
26   que los hijos estén enfermos y máximo si necesita una operación de tan grande
27   costo, que todos nos pongamos la mano en el corazón y ayudemos este 22 de
28   enero a este niño, muchas gracias.
29   El señor Julio Molina, presidente, doña Maribel muchas gracias. El problema de
30   la tenencia de la tierra es un problema que se ha generado también en el Caribe


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 1   Sur, ahora aparecen montones de dueños en el Caribe Sur, de tierras que
 2   nuestros afrodescendientes han tenido por largos años, cientos de años, y ahora
 3   aparece gente poniendo postes, arrancando cerca, diciendo que eso es ellos, y
 4   los hermanos de Sixaola decirles que estamos con ellos, estamos con todos los
 5   que se quieran ser despropiados de forma ilegal por gente que nunca ha pagado
 6   un cinco a la municipalidad, como lo dijo el señor alcalde, nuestra posición siempre
 7   será en beneficio de ellos. Tiene la palabra don Denis.
 8   El Lic. Denis Villalobos Arce, regidor, buenas tardes, ya casi buenas noches, señor
 9   alcalde, presidente y regidores que conforman el Concejo y a todos los que están
10   presentes en la sala. Igual, en realidad el punto que más me ha llamado la
11   atención hoy, se puede decir, es este tema, el tema de esta problemática que se
12   viene presentando, que ya está acá, yo igual concuerdo 100% con el alcalde, creo
13   que la posición es esa, es estar al lado del pueblo de Talamanca, por historia,
14   porque han forjado la tierra, porque han hecho un futuro acá en estas tierras, la
15   han labrado, la han mantenido, debemos apoyar a las personas que van a pasar
16   por esta situación, analizar desde todo punto de vista esta problemática que se
17   viene, analizar desde el punto de vista legal, social, económico, histórico, que
18   conlleva esta problemática a la cual ellos se van a enfrentar, y al mismo tiempo,
19   compañeros, hacer un llamado, si aquí hay que llamar al INDER, aquí hay que
20   llamar a IMAS o cualquier otra institución de gobierno para que se involucre en
21   este tema, para buscar una solución favorable, o a favor más bien, de la población
22   de Talamanca, pues hay que hacerlo. Inclusive, por qué no decirlo de alguna
23   manera, otras instancias a las que haya que acudir para salir adelante con esto,
24   porque no se vale, no es justo, creo que Talamanca por historia ha sido un cantón
25   de gente que lucha, se ha forjado a base de gente que lucha, como para que hoy,
26   otros terceros o no sé, aparezcan ahí con el reclamo de tierras que, como bien lo
27   ha indicado el alcalde, nunca han hecho nada por la tierra, y hoy es muy fácil nada
28   más venir y desde una perspectiva legal, querer desalojar a las personas que han
29   habitado y que han forjado el cantón de Talamanca de esa manera, entonces,



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 1   creo que ese es el llamado a unirnos también y a estar a la par del pueblo, muchas
 2   gracias.
 3   El Dr. Julio Molina, presidente, sí, yo creo que don Denis tiene toda la razón, pero
 4   hay algo más todavía aquí en esto, que es que ahora Talamanca es atractivo para
 5   todos, antes eran dos, tres carros en el Caribe Sur, dos en Sixaola, y ahora las
 6   tierras son el oro de mucha gente que quiere venir a sacarnos de lo que es
 7   nuestro, entonces, nuestra posición debe ser firme, y estar al lado de nuestros
 8   hermanos. Cerramos con don Freddy.
 9   El Lic. Denis Villalobos, regidor, permítanme hacer sólo una réplica, tienes toda la
10   razón, y eso lo conversaba inclusive ahora con doña Yahaira, el tema de cómo
11   viene desarrollando Talamanca, sí, pero no ha sido fácil, para que otros nada más
12   vengan y esto me pertenece, no, no ha sido fácil y ahora sí, claro, muy bonito, el
13   Caribe Sur desarrolla, pero nos ha costado, hemos peleado para que el Caribe
14   Sur desarrolle, ahora hay un turismo muy bonito también fronterizo, un turismo de
15   compra, y eso genera, sí genera, pero que genere para el talamanqueño, y hay
16   que defender entonces lo que es de Talamanca.
17   El señor Presidente municipal así es don Denis. Tiene la palabra don Freddy.
18   El regidor Freddy Soto, muchas gracias señor Presidente. Sí, concuerdo con los
19   compañeros y concuerdo con el señor Alcalde, ahora cuando él nos contaba sobre
20   la problemática esta de las 223 hectáreas de Margarita, pues, me pongo yo a
21   pensar cómo lo toman esas pobres familias que hoy están en esa incertidumbre,
22   que durante tantos años han sembrado, labrado la tierra, y de la noche a la
23   mañana, simplemente aparecen unos y dicen eso es mío, y lo voy a quitar y no
24   sólo eso, todo lo que conlleva Margarita, escuela, iglesia, el EBAIS, porque todo
25   ese lado donde está la el EBAIS de Margarita, está metido en eso, igual Sixaola,
26   y como decía, y concuerdo con el señor Alcalde, que ya es hora que tomemos
27   cartas del asunto, porque ningún otro cantón puede tener tierras en otro cantón,
28   desde que Limón se independizó de Talamanca, o Talamanca lo declaraban
29   cantón, esas tierras debieron haber pasado de una vez a la municipalidad de
30   Talamanca, pero creo que como decía el señor Alcalde, vamos a dar la pelea,


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 1   aquí sí, todos tenemos que estar acuerpados, quiero que sepa la gente Sixaola,
 2   de Margarita, de todo el distrito, que vamos a dar la pelea por ustedes, no los
 3   vamos a dejar abandonados, porque tampoco se vale que vengan ahora a querer
 4   gozar de unas tierras donde no han pagado nunca, y la gente que está viviendo
 5   ahí, paga sus impuestos, gracias señor Presidente.
 6   El Dr. Julio Molina, presidente, muchas gracias don Freddy. ¿Alguien más con
 7   asuntos varios? Sí, doña Enid.
 8   La señora Enid Villanueva, regidora, muchas gracias señor Presidente, buenas
 9   noches señor Alcalde, compañeros regidores, síndicos, secretariado y
10   funcionarios de la administración que nos acompaña. Legalmente es muy
11   preocupante y alarmante esta problemática de tenencia de tierras, porque como
12   lo decía el compañero Denis y el señor Alcalde, es un tema social y jurídico que
13   afecta directamente el desarrollo y la paz social, y que requiere este
14   acompañamiento no sólo del Alcalde, sino de nosotros los regidores, del Concejo,
15   porque es una lucha, es un acompañamiento social y legal para estas familias,
16   realmente si nos ponemos a pelear, sería un rol muy clave para gestionar y poder
17   articular esta mesa de trabajo interinstitucional, para poder así pelear los intereses
18   del pueblo, como así el pueblo lo demanda, muchas gracias, buenas noches.
19   El Dr. Julio Molina, presidente, vamos a hacer una pequeña modificación porque
20   nos faltaba una moción, la moción del Reglamento del Mercado, que es de suma
21   importancia votarla, entonces compañeros, vamos a someter la votación.
22   Se da lectura a la moción presentada por el Dr. Julio Molina Masis, presidente
23   municipal, secundada por el regidor Freddy Soto Álvarez, que dice, Asunto:
24   Aprobación de reglamento Mercado de Sixaola.
25   El señor presidente municipal, somete a votación la moción sobre el Reglamento
26   del Mercado Municipal de Sixaola. Queda aprobada por unanimidad y se dispensa
27   de trámite de comisión.
28   ACUERDO 5: Moción presentada por el Dr. Julio Molina Masis, presidente
29   municipal, secundada por el regidor Freddy Soto Álvarez, que dice:
30   Asunto: Aprobación de reglamento Mercado de Sixaola.


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 1   CONSIDERANDOS:
 2      -   Que de conformidad con la normativa establecida en el código municipal
 3          en su artículo 13 incisos c y p, mismo que refiere a las atribuciones del
 4          concejo.
 5      -   Que en aras de establecer certeza jurídica en el funcionamiento del
 6          mercado se requiere normativa expresa.
 7   Por lo anterior se presenta la siguiente moción para su aprobación:
 8   MOCIÓN: Que conforme lo establece la normativa municipal vigente el concejo
 9   municipal en la presente sesión ordinaria se tome el acuerdo de aprobar el
10   Reglamento del Centro de Servicios Múltiples y Mercado de Sixaola, mismo que
11   fue conocido y avalado en la sesión de la comisión de jurídicos del día 12 de enero
12   de 2026. SOMETIDA A VOTACIÓN LEVANTANDO LA MANO. SE APRUEBA
13   LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN. ACUERDO DEFINITIVAMENTE
14   APROBADO POR UNANIMIDAD POR LOS REGIDORES JULIO MOLINA
15   MASIS, MARITZA MEDRANO GÓMEZ, YAHAIRA MORA BLANCO, FREDDY
16   SOTO ÁLVAREZ Y NEWTON GRANT ARANA.
17   REGLAMENTO DEL CENTRO DEL SERVICIOS MÚLTIPLES Y MERCADO DE
18                            SIXAOLA, DISTRITO SIXAOLA
19   El Concejo Municipal en uso de las facultades que le otorgan los artículos 11, 169
20   y 170 de la Constitución Política, 11 de la Ley General de la Administración
21   Pública; 4, 10 y 13 incisos c) y d) del Código Municipal emiten el siguiente
22   REGLAMENTO DEL CENTRO DEL SERVICIOS MÚLTIPLES Y MERCADO DE
23   SIXAOLA, mediante el acuerdo 05 de sesión ordinaria 90 del 15 de enero del
24   2026, el cual se regirá bajo las siguientes clausulas:
25   CAPITULO I DE LAS DEFINICIONES GENERALES
26   Artículo 1º. Del concepto de centro de servicios múltiples y mercado municipal: Se
27   denomina centro de servicios múltiples y mercado, los establecimientos
28   comerciales, servicios sanitarios, parqueo, pasillos, hangares, zonas verdes,
29   juegos y anfiteatro ubicados en las instalaciones del centro de servicios múltiples
30   y mercado Municipal construido por la Municipalidad de Talamanca en la


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 1   comunidad de Sixaola con recursos del CANON portuario aprobados por
 2   JAPDEVA y que se destinan en forma exclusiva al expendio de artículos
 3   comerciales, industriales, alimentarios, tecnológicos, y otros que son calificados
 4   como de consumo popular o uso domésticos entre los pobladores del cantón,
 5   turistas y visitantes, así como, cajeros automáticos y servicios al usuario.
 6   Artículo 2º. Definición de propietario: La propietaria del centro de servicios
 7   múltiples y mercado de Sixaola es la Municipalidad del Cantón de Talamanca,
 8   cédula de persona jurídica Nº 3-014-042127.
 9   Artículo 3º. Definición de arrendatario: Son arrendatarios aquellas personas físicas
10   o jurídicas que, bajo un contrato previamente firmado entre las partes, pagan un
11   alquiler a la Municipalidad de Talamanca por disfrutar del uso y disfrute de las
12   utilidades que éste genere, así como aquellos que vía convenio brindan servicios
13   esenciales en las instalaciones sea de forma permanente o temporal.
14   Artículo 4º. Ley que regula las relaciones inquilinarias: Es aquel instrumento
15   jurídico que dispone las reglas de aplicación general para regular las relaciones
16   comerciales entre los arrendatarios y la propietaria del bien municipal; a saber,
17   Ley N° 2428 del 14 de setiembre de 1957 es reformada por la Ley N° 7027 del 4
18   de abril de 1986 que es Ley de Arrendamientos de Locales Municipales.
19   Artículo 5º. Ley de carácter especial: Los instrumentos jurídicos reseñados en el
20   artículo anterior son de aplicación especial y privan sobre cualquier otra normativa.
21   Artículo 6º.- De la naturaleza jurídica del bien municipal: El Centro de Servicios
22   Múltiples y Mercado Municipal de Sixaola es un bien demanial, propiedad de la
23   Municipalidad de Talamanca.
24   En esa condición no es un bien transferible a causahabientes a título universal
25   conforme a las reglas del Derecho Universal. Tratándose de una concesión intuita
26   personae, las cesiones de derechos de arriendo o convenios que se realicen entre
27   inquilinos conforme al derecho civil y comercial; deben hacerse tomando en
28   consideración que el cesionario debe reunir las mismas características y
29   condiciones del cedente. En el capítulo correspondiente se regulará lo referente a
30   esta materia.


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 1   Artículo 7º. Registro Inmobiliario. Las instalaciones en donde se ubica el Centro
 2   de Servicios Múltiples y Mercado Municipal se registran como parte de la Matrícula
 3   del folio real número 8616-000, con plano catastrado N° 7-2977-2022 con una
 4   naturaleza de plaza comercial, situado en la provincia de Limón, cantón
 5   Talamanca, distrito Sixaola con los siguientes linderos: al norte con finca
 6   70402P00045100 -al sur con calle Publica, -al este con Iglesia Católica y Calle
 7   Publica-al oeste con finca 70402P00045100. Tiene un área de 5.367 metros
 8   cuadrados
 9   CAPITULO II DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO DE SERVICIOS
10   MÚLTIPLES Y MERCADO MUNICIPAL DE SIXAOLA
11   Artículo 8º- De la administración del centro de servicios múltiples y mercado
12   municipal: La administración del centro de servicios múltiples y mercado municipal
13   es la máxima autoridad. Es la jefatura inmediata del centro de servicios múltiples
14   y mercado municipal nombrada por el Alcalde Municipal.
15   Artículo 9º.- De las obligaciones: Son obligaciones de la Administración del centro
16   de servicios múltiples y mercado municipal y del personal a cargo:
17   a) Velar por el cumplimiento de las obligaciones de la Municipalidad en las
18   instalaciones del centro de servicios múltiples y mercado municipal.
19   b) Hacer cumplir el presente reglamento por parte de los arrendatarios del centro
20   de servicios múltiples y mercado municipal.
21   c) Permanecer en el centro de servicios múltiples y mercado municipal durante las
22   jornadas ordinarias y extraordinarias que se justifiquen.
23   d) Acudir a cualquier llamado de emergencia que se suscite en el centro de
24   servicios múltiples y mercado municipal.
25   e) Llamar a las autoridades según sea el caso, con el fin de mantener el orden y
26   la seguridad en las instalaciones del centro de servicios múltiples y mercado
27   municipal.
28   f) Denunciar ante las autoridades correspondientes los hechos delictivos que se
29   susciten en el centro de servicios múltiples y mercado municipal.



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 1   g) Colaborar con el Departamento Tributario para que los inquilinos se encuentren
 2   al día en el pago de sus obligaciones con el municipio.
 3   h) Contribuir con la Asesoría Jurídica de la Municipalidad en la conformación de
 4   expedientes administrativos en eventuales casos judiciales.
 5   i) Colaborar con la Tesorería Municipal en la fiscalización de las obligaciones de
 6   los inquilinos para cuyo efecto la primera le remitirá un informe económico
 7   trimestral.
 8   j) Formular el presupuesto del centro de servicios múltiples y mercado municipal
 9   para cuyo efecto remitirá el mismo al departamento de contabilidad a más tardar
10   el 15 de julio de cada año. En el presupuesto del centro de servicios múltiples y
11   mercado municipal deberá contemplar los ingresos y gastos totales del centro de
12   servicios múltiples y mercado municipal.
13   k) Supervisar que sean utilizados adecuadamente los sitios para recolectar y
14   separar los desechos sólidos valorables;
15   l) Supervisar que la póliza contra riesgos de incendios, temblor y terremoto del
16   inmueble se encuentra al día.
17   m) formular y presentar a la alcaldía, un calendario anual de actividades festivas
18   y promocionales del Centro de Servicios Múltiples y Mercado de Sixaola
19   n) Otros que le señale el superior jerárquico.
20   Artículo 10. De las facultades. La administración del centro de servicios múltiples
21   y mercado municipal tendrá las siguientes facultades:
22   a) Conocer y resolver lo pertinente a las quejas que se formulen referentes al
23   funcionamiento del centro de servicios múltiples y mercado municipal.
24   b) Fiscalizar que bajo ningún concepto exista el subarriendo municipal; para cuyo
25   efecto podrá realizar las investigaciones de oficio que estime correspondientes.
26   c) Elevar a la Alcaldía Municipal; las solicitudes de arriendo y rescisión contractual
27   de locales comerciales del centro de servicios múltiples y mercado municipal.
28   d) Mantener al día los expedientes de los inquilinos del centro de servicios
29   múltiples y mercado municipal tanto físicos como digitales.



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 1   e) Girar instrucciones al personal a cargo; supervisando que cumplan sus
 2   funciones conforme a las directrices giradas.
 3   f) Elevar a la Oficina de Recursos Humanos las solicitudes de suspensión o
 4   despido del personal a cargo.
 5   g) Amonestar en forma oral y escrita al personal a su cargo.
 6   h) Retirar de las zonas de carga y descarga a los proveedores y vehículos que no
 7   cumplan con el horario establecido.
 8   i) Programar y Organizar las actividades festivas con el involucramiento de los
 9   inquilinos.
10   j) Otras que le señalen sus superiores jerárquicos.
11   Artículo 11. Del personal a cargo: La administración del centro de servicios
12   múltiples y mercado municipal es el superior jerárquico del personal que labora en
13   el centro de servicios múltiples y mercado municipal. En consecuencia, le
14   corresponderá atender todo lo relativo a la supervisión de dicho personal; así
15   como asignar sus horarios, disponibilidad y de ser necesario autorizar el tiempo
16   extraordinario.
17   Artículo 12. Obligaciones del personal a cargo: Los empleados del centro de
18   servicios múltiples y mercado municipal se encuentran sometidos a las leyes y
19   reglamentos del demás personal de la Municipalidad.
20   CAPITULO III DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE SERVICIOS
21   MÚLTIPLES Y MERCADO MUNICIPAL:
22   Artículo 13.- De la situación de permanencia: Los locales comerciales, boletería,
23   parqueo, sanitarios y cajeros automáticos del centro de servicios múltiples y
24   mercado municipal son permanentes y en esa condición los arrendatarios serán
25   las personas que así accedan por medio del procedimiento establecido en el
26   presente reglamento.
27   Artículo 14.- Prohibiciones: Ningún inquilino del centro de servicios múltiples y
28   mercado municipal podrá vender mercancías diferentes a las expresamente
29   autorizadas y descritas en el contrato de arriendo entre la Alcaldia Municipal y el
30   inquilino.


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 1   Artículo 15. Vendedores ambulantes: En las instalaciones del centro de servicios
 2   múltiples y mercado municipal no se permitirán vendedores ambulantes; para
 3   cuyo efecto la Administración del Mercado dispondrá lo necesario; incluso recurrir
 4   a las autoridades policiales que operen en el centro de servicios múltiples y
 5   mercado municipal.
 6   Artículo 16. Vendedores temporales: En caso de la realización de ferias
 7   debidamente autorizadas por el Alcalde Municipalidad, o a solicitud del Concejo
 8   Municipal podrá otorgar patentes temporales a vendedores temporales afines al
 9   evento organizado. En estos casos deberá respetarse la normativa aplicable en la
10   materia y cumplir con los requisitos señalados en la Ley para el Ejercicio de
11   Actividades Lucrativas.
12   Artículo 17. Modificaciones del destino del local: La Alcaldia Municipal podrá
13   autorizar modificaciones o cambio del destino del local para favorecer a la
14   población del cantón y el desarrollo económico de sus habitantes. Para esos
15   efectos, el interesado previamente deberá cumplir con los siguientes requisitos:
16   a) Solicitar el cambio de línea ante la Administración del Mercado.
17   b) Solicitud que debe hacerse en papel común agregando el timbre municipal de
18   1000 colones.
19   c) Autorización que certifique que cuenta con el Visto Bueno de la Oficina de
20   Ingeniería y Proyectos de la Municipalidad, haciendo constar que no perjudicará
21   la infraestructura del edificio en donde se ubica el local.
22   d) Permiso de funcionamiento al día.
23   e) Copia de los recibos de alquileres, pago de servicios públicos al día:
24   La Administración a su vez, antes de darle su aprobación, lo hará de conocimiento
25   del Comité de Comerciantes del centro de servicios múltiples y mercado
26   municipal, y juntos elaborarán las estimaciones de conveniencia o no para el
27   equilibrio de las actividades en el inmueble municipal; siendo que se podrá aportar
28   un estudio de factibilidad económica que indique que no afecta los intereses de
29   los arrendatarios del entorno. Agotada esta etapa, lo elevará con el
30   correspondiente expediente y certificación de encontrarse al día, en todo pago de


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 1   impuestos y tributos municipales a la Alcaldía Municipal, quién dispondrá de diez
 2   días hábiles para aprobar o improbar la solicitud.
 3   Artículo 18. Mejoras a la infraestructura: Queda absolutamente prohibido a los
 4   inquilinos del centro de servicios múltiples y mercado municipal realizar mejoras
 5   al inmueble sin contar con la autorización expresa de la Oficina de Ingeniería y
 6   Proyectos de la Municipalidad.
 7   En estos casos la Administración Municipal solicitará en forma previa el criterio de
 8   la Oficina de Ingeniería y Proyectos de la Municipalidad; quién deberá atender la
 9   solicitud en un plazo no mayor de diez días hábiles y la Administración del centro
10   de servicios múltiples y mercado municipal elevará el expediente y la solicitud a la
11   Alcaldía Municipal; quien contará con un plazo de cinco días hábiles para hacerle
12   llegar la resolución final al inquilino.
13   Este procedimiento solo se seguirá si la gestión realizada a la Oficina de Ingeniería
14   y Proyectos de la Municipalidad es contestada afirmativamente. En caso negativo,
15   la Administración archivará la gestión, sin más trámite alguno. En ningún caso se
16   les permitirá a los arrendatarios realizar mejoras al inmueble sin contar con la
17   autorización de la Oficina de Ingeniería y Proyectos, so pena de incurrir en las
18   causales de rescisión contractual.
19   Artículo 19.- Uso de locales comerciales como bodegas: Los inquilinos podrán
20   destinar un tercio de la totalidad del local arrendado a bodegas o frigoríficos; en
21   los términos y condiciones que le autorice la Oficina de Ingeniería y Proyectos de
22   la Municipalidad. En los casos en que se violente lo aquí dispuesto el inquilino
23   incurrirá en la causal de rescisión contractual.
24   Artículo 20. Seguridad de las mercancías:             La Municipalidad no tiene
25   responsabilidad alguna sobre la seguridad de las mercancías; siendo ésta
26   exclusivamente del concesionario del local. Los diferendos que surjan entre las
27   partes serán atendidos conforme a las reglas del derecho civil; siendo un problema
28   entre partes ajenas al municipio. Ninguna de las partes podrá achacar
29   responsabilidad alguno de la Municipalidad.



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 1   Artículo 21. División material de locales: Los inquilinos no podrán en forma alguna
 2   dividir materialmente los locales comerciales para dedicarlos a actividades
 3   distintas de las autorizadas en forma expresa.
 4   Artículo   22.   Seguridad   de   los   usuarios:   La   Municipalidad   no   tendrá
 5   responsabilidad alguna sobre los eventuales accidentes que sufran los usuarios
 6   del centro de servicios múltiples y mercado municipal dentro de las instalaciones
 7   y /o los arrendatarios y su personal dentro de los locales que arrienden, así como
 8   los accidentes que puedan ocurrir en el área de parqueos y hangares de la
 9   Terminal de bus.
10   Artículo 23. Rótulos, propaganda y publicidad: Los rótulos de los locales
11   comerciales deberán encontrarse adosados a la pared de cada local, en la parte
12   superior de todo el frente del local o Kiosco, con previa aprobación de la
13   administración que deberá contemplar los efectos de la contaminación visual y
14   lumínica. La publicidad de local deberá situarse adentro del local comercial o
15   Kiosco.
16   Cada local contendrá su respectivo número asignado sobre la entrada o acceso
17   de cada local, en forma visible. La Administración Municipal dispondrá lo
18   necesario, para que en los ingresos de las instalaciones del centro de servicios
19   múltiples y mercado municipal se coloquen tableros, con los nombres de los
20   locales y su respectivo número; así como las plantas de distribución de estos.
21   Se prohíben los rótulos luminosos, salvo en las áreas de comidas y ventas de
22   alimentos y bebidas. Sobre los rótulos los arrendatarios deberán atender lo
23   dispuesto al permiso municipal correspondiente y el pago del correspondiente
24   canon.
25   Artículo 24.- Locales cerrados: Todo local comercial deberá permanecer abierto y
26   dando servicio a los usuarios. Si un local permanece cerrado y/o inexplotado por
27   más de un mes sin que mediare justificación alguna ante la Administración
28   Municipal; se tendrá como desocupado. Para estos efectos, la Administración del
29   centro de servicios múltiples y mercado municipal procederá a notificarle la
30   resolución que consta en el Anexo Nº 3 y le otorgará un plazo de 5 días hábiles


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 1   para que justifique dicha situación. La Administración resolverá lo pertinente
 2   mediante acto motivado que consta en el Anexo Nº. 4 y en caso de declarar el
 3   local en proceso de cierre, lo elevará a la Alcaldía Municipal, para que en un plazo
 4   de 10 días hábiles como máximo dispondrá lo pertinente.
 5   En la eventualidad de que el cierre no proceda, se le otorgará al arrendatario un
 6   plazo de 15 días para que proceda a la reapertura del local. Sí este plazo no se
 7   cumpliere, se dispondrá a retirar las mercaderías del sitio, mediante acta
 8   debidamente levantada por la Asesoría Jurídica de la Municipalidad, según consta
 9   en el Anexo Nº 6 y se depositarán los enseres en la casa de habitación del inquilino
10   sí fuera en el Distrito Sixaola y en el plantel municipal en los demás casos.
11   Artículo 25.- Domicilio electrónico: Todos los inquilinos se encuentran en la
12   obligación de señalar un domicilio electrónico como medio adicional para atender
13   las notificaciones, estados de cuentas, recibos digitales y los demás documentos
14   relativas a la Administración del centro de servicios múltiples y mercado municipal.
15   En casos muy excepcionales, como aquellas personas que carezcan de
16   escolaridad, podrán señalar una casa de habitación como domicilio adicional para
17   atender notificaciones, a las del propio local comercial. El domicilio para recibir
18   notificaciones de cada arrendatario es el local comercial que tiene asignado,
19   siendo que los dependientes del inquilino-concesionario no pueden negarse a
20   recibir documentos oficiales.
21   Cuando se entregue una notificación en el local comercial a dependientes del
22   propietario del local, la misma se tendrá por bien realizada, y dicho personal del
23   propietario no puede negarse a recibirla.
24   Artículo 26.- Ornato del centro de servicios múltiples y mercado: Los arrendatarios
25   están en la obligación de mantener la estética del edificio y el ornato en general;
26   así como preservar y cuidar las áreas comunes y el mobiliario urbano que se
27   llegare a instalar para beneficio y disfrute de los visitantes.
28   Artículo 27. Basureros: La Administración del centro de servicios múltiples y
29   mercado dispondrá las zonas en donde deban depositarse; después de las 17:00
30   horas los desechos generados en los locales comerciales; en bolsas


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 1   herméticamente cerradas para evitar contaminación, malos olores y filtraciones
 2   de lixiviados. Estas bolsas deberán ser transportadas en carritos de acarreo y no
 3   podrán filtrar lixiviados en su transporte. Estos desechos serán recogidos según
 4   el horario dispuesto por la Oficina Ambiental de la municipalidad.
 5   Si un arrendatario es sorprendido depositando desechos en otro horario, se hará
 6   acreedor a la imposición de multas conforme disponen los artículos 74 y 75 del
 7   Código Municipal. Para estos efectos se utilizará el documento que consta en el
 8   Anexo 7.
 9   Las zonas previamente determinadas como zonas de disposición de desechos
10   serán utilizadas respetando lo dispuesto en los numerales 74 y 75 del Código
11   Municipal y la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos Nº 8839. Los desechos
12   generados por los usuarios del Mercado se depositarán en los basureros que para
13   esos fines disponga la Administración Municipal.
14   Artículo 28.-Zarandas: Queda terminante prohibido el uso de zarandas para
15   granos, sacudir o lavar sacos, así como aquellas prácticas que pongan en riesgo
16   la salud pública.
17   Artículo 29. Limpieza de los locales: Los locales comerciales deberán ser
18   limpiados o aseados, por lo menos una vez al día, colocando los desechos
19   generados, en basureros con bolsa, debidamente tapados y colocados en sitios
20   seguros
21   Artículo 30.- Servicio de agua potable y electricidad: Cada inquilino concesionario
22   de locales comerciales deberá proveer su servicio de electricidad y en el caso del
23   agua potable deberá cancelar puntualmente la cuota mensual que se le asigne
24   según la actividad.
25   Artículo 31.- Servicios sanitarios para inquilinos: Los lavatorios dispuestos en los
26   servicios sanitarios no podrán ser utilizados para lavar enseres de cocina en forma
27   alguna.
28   Deberán permanecer impecablemente limpios y disponer de agua, jabón para el
29   lavado de manos y papel toalla para secar las mismas. Su limpieza deberá ser



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 1   constante a los fines de garantizar la salud pública. Estos no serán concesionados
 2   en forma alguna.
 3   Artículo 32.- Permanencia en el mercado: Ningún arrendatario podrá permanecer
 4   en las instalaciones del Mercado después de la hora de cierre; con excepción de
 5   los funcionarios municipales; salvo los inquilinos que arrienden locales en el área
 6   de comidas y bebidas.
 7   Artículo 33.- Vehículos, motocicletas, bicimotos, bicicletas eléctricas y bicicletas:
 8   Quedan prohibido el uso de vehículos, motocicletas; bicicletas, patinetas, patines,
 9   Scooter y/o cualquier otro equipo utilizado para deslizarse, en las instalaciones
10   del centro de servicios múltiples y mercado; salvo las establecidas en la Ley de
11   Oportunidad para las Personas con Discapacidad Nº. 7600.
12   Para el acarreo de mercaderías deberán utilizarse angarillas; carretillas de
13   transporte manual comúnmente conocida como "perras" y montacargas
14   únicamente. Cuando se encuentren en uso estas herramientas deberán tomarse
15   las precauciones de seguridad dispuestas por el Encargado de Salud Ocupacional
16   Municipal.
17   Artículo 34.- Transporte de alimentos y bebidas: Los inquilinos y personal que
18   transporten alimentos y bebidas dentro del centro de servicios múltiples y mercado
19   Municipal deberán respetar la normativa de salud atinente en la materia.
20   Artículo 35. Modificación del destino del local a venta de licor: En ningún momento
21   se autorizarán modificaciones del destino del local comercial para venta de licor
22   dentro de las instalaciones del centro de servicios múltiples y mercado Municipal.
23   CAPITULO IV DE LOS HORARIOS Y FUNCIONAMIENTO
24   Artículo 36. Horario ordinario: El centro de servicios múltiples y mercado Municipal
25   funcionará ordinariamente de las 6:00 horas a las 20:00 horas.
26   Dicho horario podrá ampliarse con ocasión de días feriados, festividades de fin y
27   principio de año; a solicitud de los inquilinos dirigido a la Administración; quién lo
28   elevará al Alcalde y éste al Concejo Municipal.
29   Se permitirá la entrada de artículos o productos para realizar la limpieza de los
30   locales una hora antes de abrir y una hora después del cierre.


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 1   Los días feriados y fines de semana el centro de servicios múltiples y mercado
 2   Municipal prestará servicios hasta las 22:00 horas: salvo casos muy calificados en
 3   que el horario pueda ampliarse mediante resolución razonada del Concejo
 4   Municipal. Durante ese horario el Comité de administración será vigilante del
 5   cumplimiento de lo establecido en este Reglamento.
 6   Los gastos adicionales que se ocasionen con motivo del funcionamiento en
 7   jornada extraordinaria serán sufragados en forma proporcional por los inquilinos
 8   interesados; para cuyo efecto la Administración del centro de servicios múltiples y
 9   mercado trasladará un informe con el costo adicional y los inquilinos que
10   disfrutaron de dicha jornada al Departamento de Contabilidad y Tributario; para
11   que ésta ordene la inclusión en los recibos de alquiler del mes siguiente de dichos
12   inquilinos.
13   Artículo 37.- Horario de carga y descarga: El horario para la carga y descarga de
14   productos será de las 5:30 am a las 10:00 am y de las 5;00 pm a las 7:00 pm,
15   únicamente. Para estos efectos los proveedores deberán ingresar y aparcar
16   solamente en el área marcada como zonas de carga y descarga. Se exceptúa la
17   descarga de encomiendas por parte de la empresa de transporte público.
18   Artículo 38.-Horarios de las áreas de comidas y bebidas: Las jornadas de las áreas
19   de comidas y bebidas se dispondrán en un capítulo aparte en este reglamento.
20   Artículo 39.- Notificación de la modificación del horario: La Municipalidad mediante
21   comunicación radiofónica realizadas en los medios locales y Red Social de la
22   Municipalidad, notificará la modificación del horario de funcionamiento del centro
23   de servicios múltiples y mercado. Lo anterior sin menoscabo de que cada inquilino
24   lo comunique a los usuarios o a su clientela en forma previa.
25   Artículo      40.-   Emergencias:   La   Administración   Municipal   podrá   cerrar
26   temporalmente el centro de servicios múltiples y mercado Municipal por razones
27   de caso fortuito y/o emergencia.
28   En estos casos, la Administración del centro de servicios múltiples y mercado
29   contará con un plazo máximo de 24 horas para remitir informe detallando las
30   causas del cierre; a la Alcaldía Municipal, con copia de dicha información a la


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 1   Oficina de Contabilidad y al Concejo Municipal para que se realice el ajuste
 2   respectivo en el recibo de cobro del mes siguiente.
 3   CAPITULO V DE LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA ARRENDAR UN
 4   LOCAL COMERCIAL.
 5   Artículo 41. De los requisitos: Para ser arrendatario de un local comercial del
 6   centro de servicios múltiples y mercado Municipal se deben cumplir los siguientes
 7   requisitos indispensables:
 8   a) Ser persona física mayor de edad o jurídica;
 9   b) No haber sido condenado por delitos sexuales, violencia doméstica, venta de
10   drogas, tenencia de armas prohibidas, tráfico de personas, abandono de incapaz,
11   contrabando, en los últimos tres años, para las personas físicas o bien en estado
12   de quiebra e insolvencia tanto para las físicas como jurídicas.
13   c) Encontrarse al día en el pago de todo tipo de impuestos y tributos municipales
14   para cuyo efecto deberá aportarse la constancia respectiva o bien la
15   Administración del centro de servicios múltiples y mercado, corroborar dicho
16   requisito en el sistema municipal e imprimir y aportar la documentación respectiva,
17   en el expediente correspondiente.
18   d) No poseer un local comercial, en el centro de servicios múltiples y mercado de
19   la Municipalidad de Talamanca.
20   e) Cumplir con lo dispuesto en el presente reglamento.
21   f) Estar al día con la CCSS.
22   g) Estar en la lista de oferentes a un puesto de venta en el centro de servicios
23   múltiples y mercado de Sixaola durante el proceso de preselección y haber
24   asistido al menos a 2 reuniones.
25   h) Haber llenado el formulario de solicitud o presentada carta de solicitud antes
26   del 30 de octubre del 2025 indicando el tipo de actividad que quiere realizar.
27   Artículo 42. Del procedimiento: La Municipalidad podrá otorgar en arriendo los
28   locales que no fueron adjudicados en el proceso de preselección que quedaron
29   desocupados o cuyos contratos hayan sido rescindidos; mediante el proceso de



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 1   contratación administrativa señalado en la Ley de Contratación Administrativa y
 2   su reglamento; es decir mediante remate público.
 3   Ahora bien, siendo que las municipalidades se encuentran sometidas al bloque de
 4   legalidad, y que la Ley de Contratación Administrativa No. 7494 de 2 de mayo de
 5   1995 en su numeral 1 dispone: "Esta Ley regirá la actividad de contratación
 6   desplegada por los órganos del Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Poder
 7   Legislativo, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Contraloría General de la
 8   República, la Defensoría de los Habitantes, el sector descentralizado territorial e
 9   institucional, los entes públicos no estatales y las empresas públicas. Cuando se
10   utilicen parcial o totalmente recursos públicos, la actividad contractual de todo otro
11   tipo de personas físicas o jurídicas se someterá a los principios de esta Ley; la
12   adjudicación ha indicado que lo procedente es aplicar la figura de "Remate
13   Público".
14   Artículo 43.- Requisitos para la formalización de la adjudicación: Una vez que el
15   local comercial ha sido adjudicado y publicada la correspondiente resolución de
16   adjudicación; el arrendatario debe tramitar los permisos de:
17   a) Encontrarse habilitado para el ejercicio del comercio;
18   b) Patente comercial para el ejercicio de actividades lucrativas en el Cantón de
19   Talamanca a nombre del adjudicatario.
20   c) Uso o destino del local conforme a lo dispuesto en el contrato arriendo y el
21   presente Reglamento;
22   d) Servicio de energía eléctrica ante el Instituto Costarricense de Electricidad a
23   nombre del adjudicatario;
24   e) Servicio de agua potable ante el Instituto Costarricense de Acueductos y
25   Alcantarillados; a nombre del adjudicatario;
26   f) Permiso sanitario de funcionamiento de conformidad con lo dispuesto en la Ley
27   General de Salud No. 5395 del 30 de Octubre de 1973; ante el Ministerio de Salud.
28   Artículo 44. Procedimiento de formalización: Una vez que la Proveeduría
29   Municipal emita el acto de recomendación de adjudicación; en un plazo de 24
30   horas; deberá remitirla a la Administración del Mercado Municipal; quién contará


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 1   con el plazo de tres días hábiles para conformar el expediente respectivo; revisar
 2   la información que se requiera y remitirlo a la Alcaldía Municipal; quien deberá
 3   presentarlo en la sesión inmediata posterior al Concejo Municipal para la
 4   correspondiente emisión del acto de adjudicación.
 5   Artículo 45.- Del plazo del Concejo Municipal para formalizar. El Concejo Municipal
 6   una vez emitido el acto de adjudicación, en la sesión inmediata siguiente a su
 7   recibo; remitirá el expediente correspondiente al Departamento de Rentas y
 8   Cobranzas para que el adjudicatario proceda a realizar el trámite de obtención de
 9   la patente que le autoriza el ejercicio de la actividad comercial.
10   Artículo 46. Acto final. Una vez aprobada la adjudicación por el Concejo Municipal,
11   el arrendatario deberá tramitar la correspondiente patente de actividades
12   lucrativas; satisfaciendo los requisitos que establece a ese efecto el Departamento
13   de Rentas y Cobranzas; a saber:
14   Artículo 47. Patente obligatoria: Ningún adjudicatario de local comercial ubicado
15   en el centro de servicios múltiples y mercado podrá abrir su local; si la patente de
16   actividad lucrativa, no se encuentra a nombre del adjudicatario del local comercial.
17   No será permitido que el local se le asigne a persona física o jurídica diferente de
18   la patente para el ejercicio de la actividad lucrativa.
19   Artículo 48.- Suscripción del contrato: Una vez agotados, los pasos anteriores, la
20   Jefatura   del   Departamento     Tributario   deberá     remitir   el   expediente   al
21   Departamento de Asesoría Jurídica para que formalice el acto de adjudicación;
22   suscribiendo el correspondiente "Contrato de Alquiler" que se encuentra visible en
23   el Anexo Nº. 1; para cuyo efecto dicho Departamento le otorgará una cita, que no
24   podrá ser mayor a 3 días; después de recibido el expediente. Finiquitado el
25   procedimiento y dispondrá de un plazo de una semana para realizar el traslado y
26   toma de posesión de este. A partir de la suscripción del correspondiente Contrato
27   inicia el plazo para cancelar el arriendo al municipio.
28   CAPITULO VI DE LOS ARRENDATARIOS ANTIGUOS DEL MERCADO
29   MUNICIPAL



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 1   Artículo 49. Derecho de prioridad: La Ley de Arrendamientos de Locales
 2   Comerciales de Mercados Municipales dispone en su numeral 7: "(.) Artículo 7º.-
 3   En el caso de construcción de un nuevo edificio para un mercado municipal que
 4   sustituya al existente, los inquilinos del anterior gozarán del derecho de prioridad
 5   para ocupar un local, tramo o puesto, en condiciones similares a las que tenían
 6   en el antiguo. La base para el precio de los locales del nuevo edificio será fijada
 7   por la municipalidad, previo informe de la Comisión Recalificadora, integrada
 8   como se menciona en el artículo 1°. (Así reformado por el artículo 1º de la Ley Nº
 9   7027 de 4 de abril de 1986. (.)"
10   Artículo 50. Arrendatarios antiguos: Son arrendatarios antiguos los inquilinos que
11   hayan obtenido un local comercial, en el antiguo Mercado Municipal, con
12   anterioridad a la construcción del actual centro de servicios múltiples y mercado
13   Municipal.
14   Artículo 51.- Regularización de inquilinos antiguos: Los inquilinos antiguos
15   deberán regularizar su situación jurídica con el municipio en forma previa a su
16   traslado al nuevo centro de servicios múltiples y mercado Municipal.
17   Para efectos de regularizar dicha situación y siendo que por motivo de una orden
18   sanitaria debieron suspender sus actividades en el viejo Mercado deberán cumplir
19   con los siguientes requisitos:
20   a) Ser persona física o jurídica mayor de edad;
21   b) No haber sido condenado por algún delito en los últimos tres años;
22   c) Contar con una patente para el ejercicio de la actividad lucrativa que se
23   pretende realizar, en forma previa; para cuyo efecto deberá aportar la respectiva
24   patente a nombre del arrendatario del local. En caso de que la patente se
25   encuentre a nombre de un tercero deberá regularizar dicha situación; solicitando
26   al Departamento Tributario el correspondiente cambio.
27   d) Presentar el Permiso Sanitario de Funcionamiento extendido por el Ministerio
28   de Salud al día; a nombre del concesionario o inquilino del local:
29   e) Encontrarse al día en el pago de todo tipo de impuestos, tributos; arriendos y
30   servicios públicos municipales para cuyo efecto deberá aportarse la constancia


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 1   respectiva o bien la Administración del centro de servicios múltiples y mercado,
 2   corroborar dicho requisito en el sistema municipal e imprimir y aportar la
 3   documentación respectiva, en el expediente correspondiente. En caso de que sea
 4   una persona jurídica deberá aportarse el capital accionario y a quien pertenece
 5   éste al día.
 6   f) Encontrarse al día en el pago del arriendo del local comercial.
 7   g) Cumplir con los requisitos del artículo 8 del Código de Comercio; en el sentido
 8   de no haber sido declarado en quiebra o insolvencia.
 9   h) Ejercer la actividad lucrativa para la cual se le autorizó. En caso de que esta
10   situación no sea así deberá realizar la gestión para el correspondiente cambio de
11   actividad y requerirá de la aprobación del Alcalde, poseer un local comercial en el
12   Mercado Municipal de Talamanca;
13   Artículo 52. Procedimiento para la fijación del precio: La Ley No. 7027 dispone el
14   procedimiento para la fijación del precio; estableciendo lo siguiente: "Artículo 1º.-
15   La tarifa para prorrogar el arrendamiento de locales, tramos o puestos de los
16   mercados municipales, será fijada por la municipalidad respectiva, previo
17   dictamen de la Comisión Recalificadora. La Comisión estará integrada por cuatro
18   miembros: dos regidores municipales y dos inquilinos del mercado. Los inquilinos
19   estarán representados por el correspondiente comité, en su defecto, por la
20   mayoría de ellos, según un memorial autenticado por un abogado, que
21   presentarán. Los arrendatarios tendrán derecho a presentar, hasta el 15 de
22   setiembre del año que corresponda, a dos de los miembros que integrarán la
23   Comisión Recalificadora. La municipalidad estará obligada a comunicar a todos
24   los inquilinos, mediante nota certificada o por otro medio directo, por escrito, con
25   treinta días de anticipación, el derecho que tienen a hacer tal presentación. Si
26   transcurriere el término sin que se haya presentado esa lista, la municipalidad
27   nombrará la Comisión, sin representación de los arrendatarios. (Así reformado por
28   el artículo 1º de la Ley Nº 7027 de 4 de abril de 1986). Artículo 2º.- Para dictaminar
29   el aumento que corresponda pagar por concepto de alquiler, en el próximo período
30   de cinco años, la Comisión Recalificadora tomará en cuenta las circunstancias


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 1   especiales del arrendamiento, entre ellas; amplitud, ubicación del local o puesto,
 2   estado del edificio, costo de la vida, situación económica imperante, clase de
 3   mercadería que se venda, y cualesquiera otros datos que sirvan para la justa
 4   determinación del precio del alquiler. (Así reformado por el artículo 1º de la Ley Nº
 5   7027 de 4 de abril de 1986). Artículo 3º.- La municipalidad deberá nombrar a los
 6   miembros de Comisión Recalificadora en la última quincena de setiembre del año
 7   anterior a aquél en que se inicie el período. El dictamen a que se refiere el artículo
 8   anterior, deberá presentarlo la Comisión a más tardar un mes después de que sus
 9   miembros hayan aceptado el cargo. Si no se presentara el informe en el término
10   fijado, la municipalidad podrá prescindir de ese trámite y hacer la fijación de
11   alquileres,   por   medio   de   funcionarios    municipales    o   mediante    otros
12   procedimientos adecuados, en los que se sujetará a las limitaciones señaladas en
13   el artículo anterior. Si el 31 de diciembre no hubiere acuerdo firme en el que se
14   apruebe la recalificación, regirán los alquileres vigentes para el próximo período
15   de cinco años que se inicia el primero de enero siguiente. (Así reformado por el
16   artículo 1º de la Ley Nº 7027 de 4 de abril de 1986)(.)"
17   Artículo 53. Parámetros para la fijación del nuevo arriendo: La Municipalidad fijará
18   el precio del alquiler cuando ya existe una relación de arrendamiento, atendiendo
19   las características físicas propias del inmueble y las variables económicas, a
20   saber: costo de vida, situación económica y tipo de mercadería que se venda, y
21   deja prevista la posibilidad para que la entidad municipal utilice en la fijación del
22   precio del arrendamiento, cualquier otro elemento.
23   Artículo 54. Suscripción del nuevo contrato: Siendo que la Municipalidad de
24   Talamanca no ha realizado el cobro del último quinquenio dado que se encontraba
25   construyendo el nuevo centro de servicios múltiples y mercado de Sixaola; el
26   arrendatario que se encuentre en estas condiciones deberá suscribir un nuevo
27   contrato con el municipio; cuyo plazo empezará a contabilizarse en ese momento
28   y por los próximo cinco años.
29   Artículo 55. Plazo para suscribir el Contrato: Si el inquilino una vez notificado
30   debidamente por la municipalidad, conforme establece el Anexo Nº. 2 de este


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 1   Reglamento; no se presenta el día de la cita a suscribir el contrato
 2   correspondiente; y no demuestra que tuvo justa causa para no acudir a la
 3   audiencia; en los tres días posteriores a la misma, se entenderá que no le interesa
 4   suscribir el contrato pertinente y se dará por concluida la relación contractual con
 5   el municipio.
 6   Artículo 56. Pago por mes adelantado: El pago del arriendo de la concesión del
 7   local comercial en el centro de servicios múltiples y mercado deberá realizarse
 8   indefectiblemente por mes adelantado; en los primeros tres días del mes que
 9   corresponda.
10   El atraso en el pago de la mensualidad dará derecho a la Municipalidad para dar
11   por terminado el contrato y recurrir a la vía judicial para hacer valer sus derechos.
12   CAPITULO VII DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS PARTES
13   Artículo 57. Obligaciones de los inquilinos: Son obligaciones de los inquilinos del
14   centro de servicios múltiples y mercado de Sixaola.
15   a) Cuidar, preservar y mantener los inmuebles en el estado de conservación en el
16   que lo han recibido; de forma y manera que el local comercial sufra solamente el
17   deterioro normal del mismo.
18   b) Mantener las zonas comunes en perfecto de conservación y mantenimiento.
19   c) Mantener los sistemas de electricidad y agua en perfecto estado de
20   funcionamiento y permitir a las autoridades municipales e institucionales el ingreso
21   para darle mantenimiento a tales servicios.
22   d) Pagar puntualmente el arriendo por mes adelantado en los primeros tres días
23   del mes que corresponda; y los servicios públicos.
24   e) Colocar en un sitio visible la patente de actividad lucrativa y el permiso de
25   funcionamiento del local.
26   f) Disponer lo necesario para que la Administración lleve un control del pago de
27   los arriendos.
28   Para estos efectos en los contratos de arriendo se fijarán las cuentas bancarias
29   en las que el arrendatario deberá depositar su alquiler y dispondrá de un plazo de



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 1   24 horas después de realizado el depósito; para llevar la copia o remitir por correo
 2   electrónico señalado en el contrato a la administración; el recibo correspondiente;
 3   g) Velar por la higiene y el orden adecuado;
 4   h) Sufragar en forma proporcional los gastos operativos en que incurra el centro
 5   de servicios múltiples y mercado en ampliaciones horarias o durante los días
 6   festivos.
 7   i) No subarrendar en ninguna forma el local comercial.
 8   j) Mantener fuera de la línea divisoria de su local objetos, estantes o productos en
 9   forma alguna; de tal forma que los pasillos siempre deberán encontrarse limpios
10   de estos enseres.
11   El inquilino que violente la línea divisoria de su local se hará acreedor a la
12   imposición de llamadas de atención; multas y otras de conformidad con el
13   procedimiento que se señala en el citado reglamento.
14   k) Mantener contenedores para los desechos ordinarios y contenedores para los
15   desechos reciclables; los cuales serán colocados en el área de contenedores para
16   ser recogidos por la Municipalidad, en el momento en que la Administración
17   Municipal así lo solicite.
18   l) Disponer en sitios visibles de un extintor de incendios.
19   m) Facilitar a los operarios municipales el ingreso a su local para realizar las
20   reparaciones que resulten necesarias;
21   n) Dividir el local comercial en forma alguna; salvo el tercio del total autorizado
22   para efectos de bodegas;
23   o) No atender lo dispuesto por la Oficina de Ingeniería y Proyectos y la
24   Administración del centro de servicios múltiples y mercado referente a rótulos;
25   p) Señalar como medio para atender notificaciones el local comercial y como
26   medio alternativo un correo electrónico o un fax;
27   q) Otras que le señalen la ley.
28   Artículo 58. Obligaciones de la Municipalidad: Son obligaciones de la
29   Municipalidad de Talamanca:



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 1   a) Darle mantenimiento al edificio del centro de servicios múltiples y mercado
 2   Municipal;
 3   b) Otorgar las patentes de actividades lucrativas para las actividades comerciales
 4   permitidas procurando que no se establezcan competencias contrarias al respeto
 5   de los comerciantes;
 6   c) Establecer los horarios de funcionamiento oficiales y los de actividades festivas;
 7   d) Realizar actividades de temporada en el centro de servicios múltiples y mercado
 8   municipal que promueven las visitas al centro de servicios múltiples y mercado
 9   municipal;
10   e) Organizar ferias y actividades recreativas, musicales y de salud en el Anfiteatro
11   y plazoletas del centro de servicios múltiples y mercado Municipal;
12   f) Establecer las medidas de seguridad a través de los equipos que se consideren
13   necesarios;
14   g) Fijar; autorizar y limitar las construcciones adicionales que realicen los
15   arrendatarios de los locales comerciales;
16   h) Autorizar con fundamento en razones de conveniencia los cambios de uso y
17   destino de actividad solicitados por los arrendatarios. Lo anterior tomando en
18   consideración que la actividad comercial que se realiza en el centro de servicios
19   múltiples y mercado municipal es una actividad subsidiada y en razón de este
20   concepto deben respetarse los derechos de los comerciantes y los principios de
21   equidad y proporcionalidad de la competencia comercial.
22   i) Realizar la limpieza de las instalaciones una vez al día; antes de la apertura de
23   las instalaciones del centro de servicios múltiples y mercado municipal; o después
24   del cierre de las instalaciones. La Administración del centro de servicios múltiples
25   y mercado Municipal coordinará lo pertinente para que el horario de limpieza sea
26   posterior al horario de carga y descarga de productos.
27   j) Señalar el horario de carga y descarga de productos; el cual no podrá ser
28   modificado con excepción de los días festivos. Dicha modificación la realizará la
29   Administración del centro de servicios múltiples y mercado Municipal.



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 1   k) Mantener en perfecto estado de funcionamiento los extintores de incendio; los
 2   cuales deberán ser revisados por la Oficina de Bomberos en forma bimensual; a
 3   solicitud de la Administración del centro de servicios múltiples y mercado.
 4   l) Mantener al día la póliza contra riesgos de incendios, temblor y terremoto del
 5   centro de servicios múltiples y mercado municipal;
 6   m) Resolver las gestiones que se formulen los arrendatarios en los plazos
 7   previstos en el presente reglamento.
 8   Artículo 59.- Prohibiciones de los inquilinos: Es prohibido a los inquilinos del centro
 9   de servicios múltiples y mercado municipal lo siguiente:
10   a) Mantener o almacenar en sus locales comerciales sustancias y productos
11   inflamables; o explosivos o en estado de descomposición; a excepción de gas
12   para cocinar el cual deberá cumplir con todas las medidas de seguridad señaladas
13   en la normativa atinente en la materia;
14   b) Vender productos diferentes a los autorizados por la municipalidad. Esta
15   situación faculta al municipio a rescindir el contrato.
16   c) Colocar propaganda fuera del local comercial que tiene asignado. Los rótulos
17   solo se permitirán adosados a la pared superior del local y nunca sobre el pasillo
18   por el cual circulan los visitantes.
19   d) Introducir mejoras no autorizadas expresamente por la Municipalidad. Las
20   mejoras autorizadas formarán parte intrínseca del local y no podrán ser objeto de
21   pago alguno por parte del municipio.
22   e) Presentar solicitudes que tengan como destino de la actividad comercial:
23   comercio en general.
24   f) Preparar o alistar mercaderías en el pasillo por el cual circulan los visitantes:
25   g) Colocar objetos incluyendo cajas vacías sobre los techos de los locales
26   comerciales.
27   h) Explotar el local comercial como bodega o sitio de almacenamiento.
28   i) Cerrar el local comercial por más de un mes sin motivo aparente. En estos
29   casos, la Administración Municipal deberá levantar el acta respectiva que se
30   inserta en el Anexo Nº 3 e informar al Alcalde Municipal quien lo remitirá al


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 1   Concejo en forma inmediata para que se rescinda el contrato de arriendo y se
 2   disponga y promueva el mismo para ser alquilado nuevamente.
 3   j) Sub-arrendar el local;
 4   k) Dejar de pagar los servicios públicos básicos.
 5   l) Utilizar cocinas de leña, fogones o anafres para calentar alimentos para los
 6   arrendatarios y su personal.
 7   m) Incorporar al patrimonio legatario el local comercial.
 8   n) Otros que mediante acto administrativo motivado emita el Concejo Municipal y
 9   la Administración del centro de servicios múltiples y mercado Municipal.
10   Artículo 60. Prohibiciones de la Municipalidad: Es prohibido a la municipalidad:
11   a) Cerrar el centro de servicios múltiples y mercado municipal durante el horario
12   habitual y extraordinario sin que exista una justa causa.
13   b) No realizar las reparaciones solicitadas.
14   Artículo 61.- Personas no aptas: No se permitirá dentro del centro de servicios
15   múltiples y mercado, por ningún concepto vendedores ambulantes, ni
16   estacionarios; así como la formación de grupos de personal de locales
17   comerciales ni la permanencia de ebrios y vagabundos.
18   Artículo 62. Sustancias indeseables: No se permitirá en los sitios públicos
19   sustancias indeseables, líquidos fermentables, basura o desechos, despojos,
20   aguas sucias o la manipulación de dinero con mercaderías, como carnes, quesos,
21   embutidos y otros.
22   CAPITULO VIII DE LAS CESIONES
23   Artículo 63. Cesiones: La adjudicación de un local comercial es un acto intuito
24   personae; es decir en función de las características personales y jurídicas del
25   inquilino. En consecuencia, con lo anterior para que pueda autorizarse una cesión
26   de contrato es necesario además de cumplir los requisitos contemplados en la ley,
27   presentar en la Plataforma Municipal; en forma previa la solicitud de aprobación
28   de la eventual cesión con los siguientes documentos:
29   a) La solicitud de cesión acompañada con un timbre de 1000 colones de la
30   Municipalidad;


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 1   b) Una carta de intención de las partes de suscribir la eventual cesión con la
 2   manifestación expresa de dedicarse al destino autorizado por el municipio para el
 3   local comercial;
 4   c) Nota aceptando del cesionario aceptando las cláusulas contractuales.
 5   d) Certificación notarial del último recibo de alquiler pagado y de servicios
 6   públicos.
 7   Artículo 64. Procedimiento de cesión: La Administración del centro de servicios
 8   múltiples y mercado; recibirá de la Plataforma la correspondiente documentación;
 9   verificará que se cumplan los requisitos y que el inquilino se encuentre al día en
10   el pago de toda clase de impuestos, tributos y cánones en la Municipalidad, y en
11   el plazo de tres días hábiles consultará al Comité de Inquilinos o Arrendatarios; y
12   en las 24 horas siguientes lo remitirá al Alcalde para que éste lo eleve al Concejo
13   Municipal.
14   La consulta al Comité de Inquilinos no es vinculante y en caso de no atenderse en
15   el plazo establecido, la Administración del centro de servicios múltiples y mercado
16   queda facultada, para elevar la solicitud a la Alcaldía, para lo de su cargo.
17   El plazo para resolver la gestión por parte del Municipio es de diez días hábiles.
18   Autorizada la cesión, y notificado el acuerdo del Concejo Municipal; ambas partes
19   comparecerán ante el abogado de su preferencia a suscribir la correspondiente
20   cesión.
21   Artículo 65.- Suscripción del contrato: El cesionario deberán comparecer al
22   Departamento de Asesoría Jurídica a suscribir el correspondiente contrato de
23   arriendo; cuyo plazo lo será para el resto del quinquenio que le queda al contrato.
24   Artículo 66. Consecuencias del incumplimiento: La Municipalidad no aceptara
25   cesiones, canjes, donaciones o entregas de cualquier título permanente que
26   hagan los inquilinos de sus locales a terceros, sin la aprobación previa y por escrito
27   del Concejo Municipal. Tanto el arrendatario que realice la negociación aquí
28   prohibida, como el presunto adquirente, perderán el derecho de ocupar el local y
29   se rescindirá el contrato en forma automática; quedando el municipio en el
30   derecho de rematarlo nuevamente.


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 1   CAPITULO IX DE LOS LOCALES EN LAS ZONAS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS
 2   Artículo 67. Locales en las zonas de alimentos y bebidas: El centro de servicios
 3   múltiples y mercado Municipal ha dispuesto una zona de expendio de alimentos y
 4   bebidas el cual colinda con los alrededores de la terminal de Bus.
 5   Estas áreas tienen por objetivo atender a los usuarios del centro de servicios
 6   múltiples y Mercado y brindar opciones de carácter turístico para la atención de
 7   los visitantes, turistas y usuarios fronterizos; ofreciendo comidas típicas de la zona
 8   y otras alternativas; para promover el turismo local, nacional e internacional.
 9   Artículo 68.- Horarios de funcionamiento: Los locales comerciales destinados a la
10   venta de alimentos y bebidas que se ubique en estas áreas con acceso a la calle
11   pública por medio de gradas y rampas tendrán una jornada ordinaria de
12   funcionamiento hasta las 24:00 horas.
13   Los arrendatarios de estos locales podrán concesionar áreas adicionales, por las
14   cuales pagarán el canon respectivo y de conformidad con este Reglamento.
15   Estas concesiones en espacios públicos podrán ser revocadas en cualquier
16   momento y tendrán el carácter de permisos de funcionamiento de uso de dominio
17   público; los cuales serán otorgados por el Concejo Municipal únicamente.
18   Artículo 69. Autorizaciones: Los locales comerciales ubicados en estas áreas
19   están sometidos a todas las regulaciones del presente reglamento.
20   CAPITULO X DEL PROCEDIMIENTO DE SANCIONES
21   Artículo 70.- Casos de resolución contractual: La Municipalidad podrá dar por
22   terminado el derecho de un inquilino, sin indemnización alguna, por
23   incumplimiento a las disposiciones que determina el presente reglamento, así
24   como por las siguientes causas:
25   a) Por embargo de las mercancías y equipo que se encuentren en el local
26   comercial;
27   b) Por remate de las mercancías o artículos que expenda en el local comercial;
28   c) Por venta de artículos o mercaderías en mal estado que pongan en peligro la
29   salud pública;
30   d) Por realizar un cambio de línea en contra de lo aquí estipulado;


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 1   e) Por morosidad por el lapso de dos meses consecutivos;
 2   f) Por incumplimiento de lo establecido en el presente reglamento;
 3   g) Por incapacidad económica o insolvencia o quiebra;
 4   h) Por la venta de artículos alterados en el peso o las autoridades administrativas
 5   competentes le hayan iniciado un procedimiento o sanción por estas razones;
 6   i) Por sub-arriendo del local comercial;
 7   j) Por cesión del local comercial sin autorización;
 8   k) Por cierre del negocio sin autorización de la Administración del centro de
 9   servicios múltiples y mercado;
10   Artículo 71.- Sanciones por infracciones: Las infracciones del presente
11   reglamento, por parte de los inquilinos, serán sancionadas de la siguiente forma:
12   a) Amonestación escrita;
13   b) Cierre temporal del negocio;
14   c) Terminación del contrato de arriendo.
15   Las sanciones se aplicarán de acuerdo con la gravedad de la infracción que la
16   motiven. La rescisión del contrato será acordada por el Concejo Municipal por
17   acuerdo razonado. Las otras sanciones serán impuestas por la Administración del
18   centro de servicios múltiples y mercado.
19   Artículo 72.-Arreglos de pago. Entiéndase como arreglo de pago el compromiso
20   que asume el inquilino moroso en el arriendo de alquiler del local POR UNA
21   UNICA VEZ con la Municipalidad de cancelar las sumas adeudada. Aplíquese lo
22   dispuesto en el Reglamento para el procedimiento del Cobro Administrativo y
23   Judicial con relación a los arreglos de pago. En caso de requerir información
24   adicional, aclaración de dudas u otras debe presentarse al Departamento
25   Tributario
26   CAPITULO XI DISPOSICIONES TRANSITORIAS
27   Transitorio I. El horario para las primeras 4 semanas de inaugurado el centro de
28   servicios múltiples y mercado Municipal podrá ser modificado ampliándose la
29   jornada de funcionamiento hasta las 22:00 horas.



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 1   Transitorio II. El horario para el anfiteatro será de hasta la media noche y en lo
 2   que respecta al uso de propaganda y rótulos; deberán atenerse a las
 3   disposiciones que al respecto regula el Ministerio de Salud y pagar los cánones
 4   municipales respectivos.
 5   Transitorio III. Todos los oferentes que han asistido a al menos 2 reuniones
 6   durante el proceso constructivo del centro de servicios múltiples y mercado de
 7   Sixaola y que se encuentren en la lisa de oferentes indicando la actividad a realizar
 8   a la fecha del 30 de octubre del 2025 y que sean de la zona de influencia del
 9   Sixaola con emprendimientos propios, realizaran el mismo tramite que antiguos
10   inquilinos.
11   Transitorio IV. Los solicitantes de tramos para la venta de productos agrícolas de
12   la zona realizaran un trámite diferenciado, esto como una acción afirmativa al
13   fortalecimiento de la actividad agrícola en el cantón de Talamanca.
14   Rige a partir de su publicación.
15                                        ANEXOS
16   ANEXO Nº. 1
17   CONTRATO DE ARRIENDO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA Y
18   EL INQUILINO-CONCESIONARIO DE_________________________________
19   Entre nosotros, la MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA, cédula de persona jurídica
20   número tres-cero uno cuatro-cero cuadro dos uno dos siete representada en este
21   acto por según declaratoria como Alcalde Propietario de la Municipalidad del
22   Cantón Talamanca, el día según consta en la Resolución Número emanada del
23   Tribunal Supremo de Elecciones, en la ciudad de San José, a las del día y en
24   adelante LA MUNICIPALIDAD; Y en adelante EL INQUILINO; hemos convenido
25   en suscribir el presente contrato de arrendamiento, mismo que se regirá por las
26   siguientes cláusulas elaboradas de mutuo acuerdo:
27   DE LA NATURALEZA DEL BIEN
28   PRIMERA: Que la Municipalidad de Talamanca, es propietaria de un inmueble
29   demanial en donde se ubica el edificio del Centro de Servicios Múltiples y Mercado
30   de Sixaola que se describe así: como parte de la Matrícula de folio real número


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 1   8616-000, con plano catastrado N° 7-2977-2022 con una naturaleza de plaza
 2   comercial, situado en la provincia de Limón, cantón Talamanca, distrito Sixaola
 3   con los siguientes linderos: al norte con finca 70402P00045100 -al sur con calle
 4   Publica, -al este con Iglesia Católica y Calle Publica-al oeste con finca
 5   70402P00045100. Tiene un área de 5.367 metros cuadrados.
 6   E LAS CARACTERISTICAS DEL LOCAL COMERCIAL ADJUDICADO
 7   SEGUNDO: Que en dicho inmueble se ubica un local comercial que tiene las
 8   siguientes características:
 9   Local Comercial Número: ____                Actividad Autorizada:
10   __________________________
11   Acuerdo del Concejo Municipal que autoriza la actividad:
12   _________________________________
13   Descripción del
14   local:____________________________________________________________
15   ________________________________________________________________
16   ________________________________________________________________
17   _______________________________
18   Acto mediante el cual se adjudicó:
19   DE LA NORMATIVA QUE RIGE LA MATERIA.
20   TERCERO: Que el instrumento jurídico que regulará las relaciones comerciales
21   entre los arrendatarios y la propietaria del bien municipal; a saber, Ley No. 2428
22   del 14 de setiembre de 1957 es reformada por la Ley No. 7027 del 4 de abril de
23   1986 que es Ley de Arrendamientos de Locales Municipales; así como el Código
24   Municipal supletoriamente y las normas de derecho público y administrativo
25   conexas. Igualmente resulta de aplicación obligatoria el Reglamento del Centro
26   de Servicios Múltiples y Mercado de Sixaola de la Municipalidad de Talamanca,
27   publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº xxxx, el cual manifiesta EL INQUILINO
28   conocer y aceptar sus cláusulas libremente; así como su sometimiento a dichas
29   disposiciones; las cuales forman parte integral del presente contrato.



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 1   DEL ACTO DE ADJUDICACION CUARTO: Que en este acto y por así haber sido
 2   dispuesto mediante acuerdo del Concejo Municipal Número xxxxx emitido en la
 3   Sesión Número celebrada el día del año 20xx se dispuso a adjudicar el local
 4   indicado AL INQUILINO.
 5   DEL ESTADO DEL LOCAL
 6   QUINTO: Que el local se entrega AL INQUILINO en perfecto estado de uso y
 7   funcionamiento; pues se trata de una edificación completamente nueva, con sus
 8   servicios de agua potable y luz; que le ha asignado el municipio; y los cuales se
 9   compromete a cancelar por mes vencido y remitir el recibo correspondiente a la
10   Administración del Mercado, por correo electrónico, en el plazo de 24 horas
11   posteriores al pago de los servicios.
12   DEL PRECIO DEL LOCAL COMERCIAL
13   SEXTO: Que el precio del arrendamiento es de MENSUALES, por pago
14   adelantado, siendo que deberá realizarlo los días de cada mes. Por tratarse de
15   una actividad subsidiada y de interés social no existe depósito de garantía.
16   Dicho pago incluye lo correspondiente a Patente, recolección de Residuos, rótulos
17   y Limpieza de áreas Verdes, deberá ser depositado en la cuenta corriente de LA
18   MUNICIPALIDAD Nº xxxxxx. y EL INQUILINO deberá remitir por correo
19   electrónico en un plazo de 24 horas a la Administración del Mercado Municipal, la
20   copia del recibo correspondiente, para que conste en su expediente.
21   No se aceptará otro medio tecnológico a utilizar para estos fines.
22   DEL PLAZO
23   SETIMO: Que el plazo del presente contrato es por cinco años, y su renovación
24   se sujetará al cumplimiento de las normas que regulan las relaciones comerciales
25   y al procedimiento establecido para la renovación en la Ley Nº. 7027. pudiéndose
26   renovarse en forma consecutiva conforme a la ley.
27   DE LOS DERECHOS DE LA MUNICIPALIDAD OCTAVO: Son facultades de LA
28   MUNICIPALIDAD, a través de la Administración del Mercado Municipal tendrá las
29   siguientes facultades: a) Conocer y resolver lo pertinente a las quejas que se
30   formulen referentes al funcionamiento del centro de servicios múltiples y mercado


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 1   municipal; b) Fiscalizar que bajo ningún concepto exista el subarriendo municipal;
 2   para cuyo efecto podrá realizar las investigaciones de oficio que estime
 3   correspondientes; c) Elevar a la Alcaldía Municipal; las solicitudes de arriendo y
 4   rescisión contractual de locales comerciales del centro de servicios múltiples y
 5   mercado municipal; d) Mantener al día los expedientes de los inquilinos y en la
 6   medida de las posibilidades digitalizados; e) Girar instrucciones al personal a
 7   cargo; supervisando que cumplan sus funciones conforme a las directrices
 8   giradas; f) Elevar a la Dirección Financiera las solicitudes de suspensión o despido
 9   del personal a cargo; g) Amonestar en forma oral y escrita al personal a su cargo;
10   h) Retirar de las zonas de carga y descarga a los proveedores y vehículos que no
11   cumplan con el horario establecido; i) Otras que le señalen sus superiores
12   jerárquicos.
13   DE LAS OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD
14   NOVENO: Son obligaciones de LA MUNICIPALIDAD a través de la Administración
15   de Mercado: a) Velar por las obligaciones de la Municipalidad en las instalaciones
16   del mercado municipal; b) Hacer cumplir el presente reglamento por parte de los
17   arrendatarios del mercado municipal; c) Permanecer en el mercado durante las
18   jornadas ordinarias y extraordinarias que se señalen; d) Acudir a cualquier llamado
19   de emergencia que se suscite en el mercado municipal; e)Llamar a las autoridades
20   públicas según sea el caso con el fin de mantener el orden y la seguridad en las
21   instalaciones del mercado municipal; e) Denunciar ante las autoridades
22   correspondientes los hechos delictivos que se susciten en el mercado municipal;
23   f) Colaborar con el Departamento de Rentas y Cobranzas para que los inquilinos
24   se encuentren al día en el pago de sus obligaciones con el municipio; g) Contribuir
25   con el Departamento de Asesoría Jurídica en la conformación de expedientes
26   administrativos para eventual casos judiciales; h) Colaborar con la Tesorería
27   Municipal en la fiscalización de las obligaciones de los inquilinos para cuyo efecto
28   la primera le remitirá un informe económico trimestral; i) Formular el presupuesto
29   del mercado municipal para cuyo efecto remitirá el mismo al Director Financiero a
30   más tardar el 15 de julio de cada año. En el presupuesto del mercado deberá


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 1   contemplar los ingresos y gastos totales del mercado municipal; j) Supervisar que
 2   en el mercado se disponga de sitios para recolectar y separar los desechos sólidos
 3   valorables; k) Supervisar que la póliza contra riesgos de incendios, temblor y
 4   terremoto del inmueble se encuentra al día; l) Otros que le señale el superior
 5   jerárquico; m) Darle mantenimiento a los edificios del Mercado Municipal; n)
 6   Otorgar las patentes de actividades lucrativas para las actividades comerciales
 7   permitidas procurando que no se establezcan competencias contrarias al respeto
 8   de los comerciantes; ñ) Establecer los horarios de funcionamiento oficiales y los
 9   de actividades festivas; o) Realizar actividades de temporada en el mercado
10   municipal que promueven las visitas al mercado municipal; p) Organizar ferias y
11   actividades recreativas, musicales y de salud en las plazoletas y el boulevard
12   alrededor del Mercado Municipal; q) Establecer las medidas de seguridad a través
13   de los equipos que se consideren necesarios; r) Fijar; autorizar y limitar las
14   construcciones adicionales que realicen los arrendatarios de los locales
15   comerciales; s) Autorizar con fundamento en razones de conveniencia los
16   cambios de uso y destino de actividad solicitados por los arrendatarios. Lo anterior
17   tomando en consideración que la actividad comercial que se realiza en los
18   mercados municipales es una actividad subsidiada y debido a este concepto
19   deben respetarse los derechos de los comerciantes y los principios de equidad y
20   proporcionalidad de la competencia comercial; t) Realizar la limpieza de las
21   instalaciones una vez al día; antes de la apertura de las instalaciones del mercado
22   municipal; o después del cierre de las instalaciones. La Administración del
23   Mercado Municipal coordinará lo pertinente para que el horario de limpieza sea
24   posterior al horario de carga y descarga de productos; u) Señalar el horario de
25   carga y descarga de productos; el cual no podrá ser modificado con excepción de
26   los días festivos. Dicha modificación la realizará la Administración del Mercado
27   Municipal; v) Mantener en perfecto estado de funcionamiento los extintores de
28   incendio; los cuales deberán ser revisados por la Oficina de Bomberos en forma
29   bimensual; a solicitud de la Administración del Mercad; w) Mantener al día la póliza
30   contra riesgos de incendios, temblor y terremoto del mercado municipal; x)


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 1   Resolver las gestiones que se formulen los arrendatarios en los plazos previstos
 2   en el presente reglamento.
 3   DE LAS PROHIBICIONES DE LOS INQUILINOS
 4   DECIMO: Son obligaciones de los inquilinos de los edificios del Mercado las
 5   siguientes: a) Ningún inquilino del mercado municipal podrá vender mercancías
 6   diferentes a las expresamente autorizadas por el Concejo Municipal de la
 7   Municipalidad del Cantón Central de Talamanca; b) Subarrendar el local comercial
 8   en forma alguna; c) Realizar mejoras a la infraestructura sin contar con la
 9   autorización expresa de la Dirección de Ingeniería y Proyectos de la
10   Municipalidad; d) Destinar un área mayor a la autorizada como bodega; e)
11   Violentar las disposiciones de horarios de carga y descarga; de disposición de
12   desechos, de limpieza de sus locales y de seguridad y salud ocupacional; sin
13   contar con la autorización de la Administración del Mercado Municipal; e) Dividir
14   materialmente los locales comerciales para dedicarlos a actividades distintas de
15   las autorizadas en forma expresa; f) Colocar rótulos, propaganda o publicidad en
16   los sitios no autorizados; g) Cerrar el loca sin la autorización de la Administración
17   del Mercado Municipal; h) No señalar un domicilio electrónico para atender
18   comunicaciones oficiales; i) No contribuir con el mantenimiento del ornado de los
19   edificios del Mercado; j) No disponer los desechos de su local en un recipiente
20   adecuado; l) Zarandear productos en las instalaciones del Mercado; m) No realizar
21   la limpieza diaria de su local; n) No pagar los servicios de agua potable y
22   electricidad y comunicar su pago a la Administración del Mercado; ñ) No respetar
23   las disposiciones para el acarreo de mercancías y productos dentro de las
24   instalaciones del mercado municipal; o) No respetar las disposiciones sanitarias
25   para el acarreo de alimentos y bebidas; p) Mantener productos inflamables no
26   autorizados en su local comercial; q) No colocar en sitios visibles los extintores de
27   incendios de sus locales; r) No atender las disposiciones del personal municipal,
28   ni de salud, ni de bomberos.
29   DE LAS OBLIGACIONES DEL INQUILINO



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 1   DECIMO PRIMERO: Son obligaciones de los inquilinos del mercado municipal del
 2   Cantón Central de Talamanca: a) Cuidar, preservar y mantener los inmuebles en
 3   el estado de conservación en el que lo han recibido; de forma y manera que el
 4   local comercial sufra solamente el deterioro normal del mismo; b) Mantener las
 5   zonas comunes en perfecto de conservación y mantenimiento; c) Mantener los
 6   sistemas de electricidad y agua en perfecto estado de funcionamiento y permitir a
 7   las autoridades municipales e institucionales el ingreso para darle mantenimiento
 8   a tales servicios; d) Pagar puntualmente el arriendo por mes adelantado en los
 9   primeros tres días del mes que corresponda; y los servicios públicos; e) Colocar
10   en un sitio visible la patente de actividad lucrativa y el permiso de funcionamiento
11   del local; f) Disponer lo necesario para que la Administración lleve un control del
12   pago de los arriendos. Para estos efectos en los contratos de arriendo se fijarán
13   las cuentas bancarias en las que el arrendatario deberá depositar su alquiler y
14   dispondrá de un plazo de 24 horas después de realizado el depósito; para llevar
15   la copia o remitir por correo electrónico señalado en el contrato a la administración;
16   el recibo correspondiente; g) Velar por la higiene y el orden adecuado; h) Sufragar
17   en forma proporcional los gastos operativos en que incurra el mercado municipal
18   en ampliaciones horarias o durante los días festivos; i) No sub-arrendar en
19   ninguna forma el local comercial; f) Mantener fuera de la línea divisoria de su local
20   objetos, estantes o productos en forma alguna; de tal forma que los pasillos
21   siempre deberán encontrarse limpios de estos enseres. El inquilino que violente
22   la línea divisoria de su local se hará acreedor a la imposición de llamadas de
23   atención; multas y otras de conformidad con el procedimiento que se señala en el
24   citado reglamento; g) Mantener contenedores para los desechos ordinarios y
25   contenedores para los desechos reciclables; los cuales serán colocados en el área
26   de contenedores para ser recogidos por la Municipalidad, en el momento en que
27   la Administración Municipal así lo solicite; h) Disponer en sitios visibles de un
28   extintor de incendios; i) Facilitar a los operarios municipales el ingreso a su local
29   para realizar las reparaciones que resulten necesarias; j) Dividir el local comercial
30   en forma alguna; salvo el tercio del total autorizado para efectos de bodegas; k)


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 1   No atender lo dispuesto por la Dirección de Ingeniería y Proyectos y la
 2   Administración del Mercado referente a rótulos; l) Señalar como medio para
 3   atender notificaciones el local comercial y como medio alternativo un correo
 4   electrónico o un fax; r) Otras que le señalen la ley.
 5   DEL INCUMPLIMIENTO
 6   DECIMO SEGUNDO: Los inquilinos que no cumplan con las disposiciones del
 7   presente contrato; del Reglamento de los Edificios del Mercado Municipal y de la
 8   Ley Nº. 7027 se harán acreedores a las sanciones que disponen dichas leyes y
 9   los artículos 67 y siguientes de dicho Reglamento.
10   DE LA RESCISION CONTRACTUAL:
11   DECIMO TERCERO: La Municipalidad podrá dar por terminado el derecho de un
12   inquilino, sin indemnización alguna, por incumplimiento a las disposiciones que
13   determina el presente reglamento, así como por las siguientes causas: a) Por
14   embargo de las mercancías y equipo que se encuentren en el local comercial; b)
15   Por remate de las mercancías o artículos que expenda en el local comercial; c)
16   Por venta de artículos o mercaderías en mal estado que pongan en peligro la salud
17   pública; d) Por realizar un cambio de línea en contra de lo aquí estipulado; e) Por
18   morosidad por el lapso de dos meses consecutivos; f) Por incumplimiento de lo
19   establecido en el presente reglamento; g) Por incapacidad económica o
20   insolvencia o quiebra; h) Por la venta de artículos alterados en el peso o las
21   autoridades administrativas competentes le hayan iniciado un procedimiento o
22   sanción por estas razones; i) Por subarriendo del local comercial; j) Por cesión del
23   local comercial sin autorización del Concejo; k) Por cierre del negocio sin
24   autorización de la Administración del Mercado:
25   DEL DOMICILIO LEGAL
26   DECIMO CUARTO: Para todos los efectos, el inquilino fija como domicilio legal
27   para atender sus comunicaciones, citaciones y notificaciones el local que arrienda
28   y como domicilio electrónico el siguiente:
29   DE LA ESTIMACION



                                                                                      60
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 1   DECIMO QUINTO: Se estima este contrato en la suma de cuyas especies procede
 2   a cancelar el adjudicatario conforme a lo dispuesto en la Ley de Contratación
 3   Administrativa y su reglamento.
 4   DEL REFRENDO
 5   DECIMO SEXTO: En forma inmediata y una vez suscrito el presente contrato
 6   procédase a trasladar al Departamento de Asesoría Jurídica, para el
 7   correspondiente refrendo interno.
 8   En fe de lo anterior firmamos en cantidad de tres tantos, en la ciudad de Bribri, al
 9   ser las xxx del día xx del dos mil xxxx.
10                                   ALCALDE MUNICIPAL
11                               INQUILINO-CONCESIONARIO
12   SON AUTENTICAS:
13   Especies fiscales pagadas:
14                                       ANEXO N° 2
15   NOTIFICACION PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
16   MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA - ASESORIA LEGAL. Bribri, Talamanca, a
17   las del día de del 20xxx.
18   Se cita al inquilino
19   Para que comparezca el día de del 20xx; a las, en la Oficina de la Asesoría Legal
20   de la Municipalidad de Talamanca; a suscribir el contrato de arriendo entre la
21   Municipalidad de Talamanca y___________________________
22   Se le advierte que conforme a lo dispuesto en los artículos 53 y 62 del Reglamento
23   de los Edificios del Mercado Municipal si usted no se presenta el día de la cita a
24   suscribir el contrato correspondiente; y no demuestra que tuvo justa causa para
25   no acudir a la audiencia; en los tres días posteriores a la misma, se entenderá que
26   no le interesa suscribir el contrato pertinente y se dará por concluida la relación
27   contractual con el municipio.
28   ASESORIA JURIDICA
29   NOTIFICADO EL DIA
30                                       ANEXO N° 3


                                                                                      61
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 1   MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA- ADMINISTRACION DEL MERCADO
 2   MUNICIPAL. Talamanca, a las del día de del dos mil diecisiete. Se conoce cierre
 3   sin justificación del local comercial Nº adjudicado a
 4   RESULTANDO
 5   PRIMERO: Que esta Administración del Centro de Servicios Múltiples y Mercado
 6   Municipal ha tenido conocimiento del cierre intempestivo por xxx días del local
 7   comercial Nº. adjudicado a ; sin motivo aparente.
 8   CONSIDERANDO
 9   PRIMERO: Que el artículo 24 del Reglamento del Centro de Servicios Múltiples y
10   Mercado de Sixaola dispone: "(.) Artículo 24.- Locales cerrados. - Todo local
11   comercial deber permanecer abierto y dando servicio a los usuarios. Si un local
12   permanece cerrado y/o inexplotado por más de un mes sin que mediare
13   justificación alguna ante la Administración Municipal; se tendrá como desocupado.
14   Para estos efectos, la Administración del Mercado procederá a notificarle la
15   resolución que consta en el Anexo Nº 3 y le otorgará un plazo de 5 días hábiles
16   para que justifique dicha situación. La Administración resolverá lo pertinente
17   mediante acto motivado que consta en el Anexo Nº. 4 y en caso de declarar el
18   local en proceso de cierre, lo elevará a la Alcaldía Municipal, para que éste lo
19   eleve al Concejo Municipal quien dispondrá lo pertinente en un plazo máximo de
20   10 días hábiles.(.)"
21   POR TANTO, ESTA ADMINISTRACION DEL CENTRO DE SERVICIOS
22   MÚLTIPLES Y MERCADO MUNICIPAL RESUELVE
23   PRIMERO: En mérito de lo expuesto y con fundamento en los numerales 11 de la
24   Constitución Política, 11 de la Ley General de la Administración Pública y 24 del
25   Reglamento del Centro de Servicios Múltiples y Mercado de Sixaola SE
26   RESUELVE:
27   a) Otorgar audiencia por cinco días hábiles al señor adjudicatario del local
28   comercial Nº. para que manifieste las razones y adjunte las pruebas pertinentes
29   del por qué el local comercial se ha encontrado cerrado desde el día.
30   NOTIFIQUESE


                                                                                       62
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 1   ADMINISTRACION DEL MERCADO MUNICIPAL
 2                                     ANEXO Nº. 4
 3   MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA - ADMINISTRACION DEL MERCADO
 4   MUNICIPAL. Talamanca, a las del día de del dos mil xxxxx. Se conoce
 5   contestación de audiencia conferida por cierre sin justificación del local comercial
 6   Nº adjudicado a
 7   RESULTANDO
 8   PRIMERO: Que esta Administración del Centro de Servicios Múltiples y Mercado
 9   de Sixaola mediante Resolución Nº. de las del día del del 20xx confirió audiencia
10   al adjudicatario del local comercial Nº, para que manifieste las razones por las que
11   dicho local ha sido cerrado en forma intempestiva.
12   CONSIDERANDO
13   PRIMERO: Que el artículo 24 del Reglamento del Centro de Servicios Múltiples y
14   Mercado de Sixaola dispone: "(.) Artículo 24.- Locales cerrados. Todo local
15   comercial deber permanecer abierto y dando servicio a los usuarios. Si un local
16   permanece cerrado y/o inexplotado por más de un mes sin que mediare
17   justificación alguna ante la Administración Municipal; se tendrá como desocupado.
18   Para estos efectos, la Administración del Mercado procederá a notificarle la
19   resolución que consta en el Anexo Nº 3 y le otorgará un plazo de 5 días hábiles
20   para que justifique dicha situación. La Administración resolverá lo pertinente
21   mediante acto motivado que consta en el Anexo Nº. 4 y en caso de declarar el
22   local en proceso de cierre, lo elevará a la Alcaldía Municipal, para que éste lo
23   eleve al Concejo Municipal quien dispondrá lo pertinente en un plazo máximo de
24   10 días hábiles. En la eventualidad de que el cierre no proceda, se le otorgará al
25   arrendatario un plazo de 15 días para que proceda a la reapertura del local. Sí
26   este plazo no se cumpliere, se dispondrá a retirar las mercaderías del sitio,
27   mediante acta debidamente levantada por el Departamento de Asesoría Jurídica,
28   según consta en el Anexo Nº 6 y se depositarán los enseres en el domicilio que el
29   inquilino haya señalado obligatoriamente. (.)"



                                                                                      63
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 1   SEGUNDO: Que el adjudicatario de dicho local comercial ha presentado las
 2   siguientes razones de Interés y ha adjuntado los siguientes documentos razones
 3   que son de recibo.
 4   POR TANTO, ESTA ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL
 5   RESUELVE
 6   PRIMERO: En mérito de lo expuesto y con fundamento en los numerales 11 de la
 7   Constitución Política, 11 de la Ley General de la Administración Pública y 24 del
 8   Reglamento del Centro de Servicios Múltiples y Mercado de Sixaola SE
 9   RESUELVE:
10   a) Acoger las razones que argumenta el adjudicatario del local comercial Nº para
11   haber cerrado su local en forma intempestiva y otorgar un plazo de 15 días al
12   inquilino para que proceda a la reapertura.
13   NOTIFIQUESE
14   ADMINISTRACION DEL MERCADO MUNICIPAL
15                                       ANEXO Nº. 5
16   MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA- ADMINISTRACION DEL CENTRO DE
17   SERVICIOS MÚLTIPLES Y MERCADO DE SIXAOLA, Talamanca a las del día de
18   del dos mil diecisiete. Se conoce contestación de audiencia conferida por cierre
19   sin justificación del local comercial Nº adjudicado a
20   RESULTANDO
21   PRIMERO: Que esta Administración del Mercado Municipal mediante Resolución
22   Nº. de las del día del del 2017 confirió audiencia al adjudicatario del local comercial
23   Nº, para que manifieste las razones por las que dicho local ha sido cerrado en
24   forma intempestiva.
25   CONSIDERANDO
26   PRIMERO: Que el artículo 24 del Reglamento del Centro de Servicios Múltiples y
27   Mercado de Sixaola de Talamanca dispone: "(.) Artículo 24.- Locales cerrados.
28   Todo local comercial deber permanecer abierto y dando servicio a los usuarios. Si
29   un local permanece cerrado y/o inexplotado por más de un mes sin que mediare
30   justificación alguna ante la Administración Municipal; se tendrá como desocupado.


                                                                                         64
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                            Sesión Ordinaria Nº 90 del 15/01/2026
 1   Para estos efectos, la Administración del Mercado procederá a notificarle la
 2   resolución que consta en el Anexo Nº 3 y le otorgará un plazo de 5 días hábiles
 3   para que justifique dicha situación. La Administración resolverá lo pertinente
 4   mediante acto motivado que consta en el Anexo Nº. 4 y en caso de declarar el
 5   local en proceso de cierre, lo elevará a la Alcaldía Municipal, para que éste lo
 6   eleve al Concejo Municipal quien dispondrá lo pertinente en un plazo máximo de
 7   10 días hábiles.(.)"
 8   SEGUNDO: Que el adjudicatario ha formulado una serie de argumentos que no
 9   resultan de recibo para esta Administración Municipal; siendo que se ha violentado
10   el artículo antes indicado y lo procedente es elevar el caso a la Alcaldía Municipal
11   para que ésta lo eleve al Concejo Municipal para lo pertinente.
12   POR TANTO, ESTA ADMINISTRACION DEL MERCADO MUNICIPAL
13   RESUELVE
14   PRIMERO: En mérito de lo expuesto y con fundamento en los numerales 11 de la
15   Constitución Política, 11 de la Ley General de la Administración Pública y 24 del
16   Reglamento del Centro de Servicios Múltiples y Mercado de Sixaola-Talamanca
17   SE RESUELVE:
18   a) Elevar el expediente respectivo a la Alcaldía Municipal para que esta proceda
19   a remitirlo al Concejo Municipal para lo de su cargo.
20   NOTIFÍQUESE
21   ADMINISTRACION DEL MERCADO MUNICIPAL
22                                     ANEXO Nº. 6
23   ACTA DE LEVANTAMIENTO DE MERCADERIAS Y EQUIPOS DEL LOCAL
24   COMERCIAL Nº ADJUDICADO A
25   MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA. - ASESORIA JURIDICA. Talamanca a las
26   del día del del dos mil xxxx.
27   RESULTANDO
28   PRIMERO: Que el artículo 24 del Reglamento del Centro de Servicios Múltiples y
29   Mercado de Sixaola Cantón Talamanca: "(.) Artículo 24.- Locales cerrados. - Todo
30   local comercial deber permanecer abierto y dando servicio a los usuarios. Si un


                                                                                      65
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 1   local permanece cerrado y/o inexplotado por más de un mes sin que mediare
 2   justificación alguna ante la Administración Municipal; se tendrá como desocupado.
 3   Para estos efectos, la Administración del Mercado procederá a notificarle la
 4   resolución que consta en el Anexo Nº 3 y le otorgará un plazo de 5 días hábiles
 5   para que justifique dicha situación. La Administración resolverá lo pertinente
 6   mediante acto motivado que consta en el Anexo Nº. 4 y en caso de declarar el
 7   local en proceso de cierre, lo elevará a la Alcaldía Municipal, para que éste lo
 8   eleve al Concejo Municipal quien dispondrá lo pertinente en un plazo máximo de
 9   10 días hábiles. En la eventualidad de que el cierre no proceda, se le otorgará al
10   arrendatario un plazo de 15 días para que proceda a la reapertura del local. Sí
11   este plazo no se cumpliere, se dispondrá a retirar las mercaderías del sitio,
12   mediante acta debidamente levantada por el Departamento de Asesoría Jurídica,
13   según consta en el Anexo Nº 6 y se depositarán los enseres en el domicilio que el
14   inquilino haya señalado obligatoriamente. (.)"
15   SEGUNDO: Que mediante Resoluciones Nº del día de del dos mil diecisiete, la
16   Administración del Mercado Municipal, otorgó las audiencias de ley; e impuso del
17   plazo para la reapertura del local comercial.
18   CONSIDERANDO
19   PRIMERO: Que la actividad del Mercado Municipal es una actividad subsidiada
20   y de interés social para los habitantes del cantón; y la municipalidad en
21   ejecución de sus competencias y facultades se encuentra en la obligación de
22   promover el desarrollo económico del cantón.
23   SEGUNDO: Que el adjudicatario del local comercial suscribió el correspondiente
24   contrato expresando libremente someterse a las disposiciones del Reglamento
25   antes indicado.
26   POR TANTO, ESTA ASESORIA JURIDICA RESUELVE
27   PRIMERO: En mérito de lo expuesto y con fundamento en los numerales 11 de la
28   Constitución Política, 11 de la Ley General de la Administración Pública; y 24 del
29   Reglamento del Centro de Servicios Múltiples y Mercado de Sixaola, SE
30   RESUELVE:


                                                                                    66
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 1   a) En presencia de los testigos
 2   A enlistar las siguientes mercaderías que serán destruidas, en este momento en
 3   presencia de los testigos:
 4   TIPO
 5   CANTIDAD
 6   ESTADO
 7   Y el siguiente equipo
 8   En el local comercial Nº del Centro de Servicios Múltiples y Mercado de Sixaola;
 9   adjudicado a ------se procede a realizar el levantamiento de las mercaderías y
10   equipos que ahí se encuentra
11   TIPO
12   CANTIDAD
13   ESTADO
14   Las mismas serán depositadas en las bodegas institucionales, en el Plantel
15   Municipal; para cuyo efecto se notificará la presente acta al adjudicatario
16   informándole que contará con un plazo de un mes para retirar las mismas.
17   En fe de lo anterior, firmamos en la ciudad de Bribri Talamanca, al ser las del día
18   de del dos mil
19   FIRMAS AUTORIDADES: ADMINISTRACION DEL MERCADO ABOGADOS DE
20   LA ASESORIA LEGAL
21   FIRMAS TESTIGOS:
22   Aprobado en la sesión ordinaria Nº. 90 celebrada el día 15 de enero del 2026,
23   acuerdo 05 del Concejo Municipal de la Municipalidad de Talamanca.
24   El señor presidente municipal cede la palabra a don Helmer Zumbado.
25   El Lic. Helmer Zumbado, asesor legal, buenas tardes, un saludo a todos los que
26   nos siguen por todos los medios audiovisuales y tecnológicos, así como a los
27   asistentes, regidores titulares, suplentes, síndicos, al señor alcalde y compañeros
28   de la Administración, era solamente para aclarar con respecto a la solicitud que
29   se planteó por parte de los vecinos y que se está trasladando a la Administración,
30   algunos detalles que son de importancia y que también pueden ayudar un poco a


                                                                                      67
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 1   la comunidad. La invasión a la zona pública por parte de vehículos y todo es un
 2   tema que es no solamente de contexto del Concejo o de la Administración, o sea,
 3   los vecinos también tienen la potestad y la posibilidad de que si hay alguien
 4   ingresando con vehículos automotores, creando peligro dentro de la playa,
 5   puedan llevar a cabo las denuncias y es una obligación, por ejemplo, de la Policía
 6   del Tránsito y la Policía Turística, en este caso, auxiliar y sacar a la gente que está
 7   ocupando o que está entrando con vehículos automotores. De igual forma pasa
 8   con la ocupación para dormir en la playa en lugares donde no están habilitados.
 9   La Administración a solicitud va a valorar, como existen en otras zonas donde hay
10   playas, la posibilidad de habilitar o de buscar algún tipo de recurso esté legal para
11   que se instalen o para que podamos facilitar servicios sanitarios móviles, pero
12   para que quede claro a toda la comunidad, es un tema que no puede ser gratuito
13   y que no puede ser costeado por la Municipalidad, ni por la Administración, lo que
14   puede hacer dentro de las competencias que tiene el Concejo y la Administración
15   es poder crear los medios para, pero no quiere decir esto que la Municipalidad ni
16   la Administración va a cargar o va a cubrir los costos de esto, pues esto tiene un
17   costo y es bastante elevado y no puede ser tampoco que además del disfrute de
18   la playa de forma gratuita tenga también la Administración y la Municipalidad tener
19   que cubrir los costos de ese disfrute en la playa. Otra cosa que quisiera dejar claro
20   y que a pesar de que está la solicitud, es el hecho de que, si bien es cierto se está
21   hablando de la invasión por parte de automotores y todo, la sugerencia de
22   bloquear estos accesos con postes de cemento o cuestiones de ese tipo no son
23   exactamente viables porque es un tema de responsabilidad para todas las partes
24   y tenemos que tener claro, si nosotros bloqueamos los accesos o la Municipalidad
25   bloquea los accesos, y hay una emergencia y no puede ser atendida la
26   emergencia, no pueden ingresar los vehículos de primera atención llámese Cruz
27   Roja, paramédicos o los que fuesen, pues entonces también habría un problema
28   porque seríamos nosotros en condición de administradores de la playa los que
29   estaríamos propiciando que se retarde la atención primaria que ocupa la gente
30   que está en la playa. Entonces es una invitación para que la Administración, la


                                                                                         68
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                          Sesión Ordinaria Nº 90 del 15/01/2026
 1   parte legal, la Alcaldía, el Concejo va a tomar medidas en el asunto, pero también
 2   tiene que ser un tema donde también los mismos usuarios de la playa tienen que
 3   también velar porque se vean estas situaciones. La Administración y el Concejo
 4   por ejemplo a nivel de lo que es reglamentación está promoviendo algunas
 5   soluciones sean estas de forma permanente y otras transitorias e inclusive hasta
 6   estas soluciones que planteamos nosotros y que se están buscando encuentran
 7   siempre uno que otro detractor que quiere ensuciar la buena gestión de la
 8   municipalidad, entonces llamamos también a que todos seamos partícipes,
 9   invitarlos para que todos colaboramos para que especialmente en zona marítimo
10   terrestre pues el manejo sea un manejo responsable pero de parte de todos,
11   gracias.
12   El señor Julio Molina, presidente, muchas gracias al asesor legal don Helmer.
13   Quiero recordarles que el próximo lunes tenemos reunión extraordinaria a las
14   cuatro y media y agendarle también una reunión ordinaria o extraordinaria a la
15   gente de la del agua de Meleruk, podría ser en la ordinaria jueves 22, los
16   sometemos a votación compañeros y compañeras. Queda aprobado por
17   unanimidad.
18   ACUERDO 6: El Concejo Municipal de Talamanca considerando nota recibida el
19   2 de diciembre de 2025, acuerda dar audiencia al Comité Pro-Acueducto de
20   Meleruk, en la sesión ordinaria del próximo jueves 22 de enero de 2025, a las
21   5 p.m. con el fin de que puedan exponer los temas señalados en su solicitud.
22   SOMETIDA A VOTACIÓN LEVANTANDO LA MANO. ACUERDO APROBADO
23   POR UNANIMIDAD POR LOS REGIDORES JULIO MOLINA MASIS, MARITZA
24   MEDRANO GÓMEZ, YAHAIRA MORA BLANCO, FREDDY SOTO ÁLVAREZ.
25   EL REGIDOR NEWTON GRANT ARANA NO VOTÓ ESTE ACUERDO.
26   ARTÍCULO XI. Clausura Darle las gracias al Todopoderoso por tenernos
27   aquí hoy un día más, deseándole que vayan con bien a sus hogares, que Dios los
28   bendiga y hemos dado por finalizada la sesión del día de hoy, al ser las dieciocho
29   horas con seis minutos.
30                Yorleni Obando Guevara          Sr. Julio Molina Masis
31                      Secretaria                     Presidente
32   yog

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